Administración Local. Huesca. Diputación Provincial De Huesca. (BOE-N-2025-396231)
GESTIÓN Y RECAUDACIÓN DE TRIBUTOS LOCALES (DIPUTACIÓN DE HUESCA). Anuncio de notificación de 29 de mayo de 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 2 de junio de 2025

Supl. N. Pág. 2

PERIODO VOLUNTARIO DE PAGO
Los deudores relacionados, tienen la obligación de pagar las cantidades adeudadas
en los siguientes plazos:
Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días uno y 15 del mes, desde la
fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera
hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada mes,
desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día cinco del segundo mes
posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
No obstante, también podrá solicitar el aplazamiento o fraccionamiento del pago en
los términos establecidos en la citada LGT y en el Real Decreto 939/2015, de 29 de julio,
por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
El documento tríptico de pago (liquidación) notificado por comparecencia solo será
válido para el ingreso dentro del indicado período voluntario de pago. Transcurrido dicho
plazo, se iniciará el período ejecutivo, incrementando la deuda a pagar con los recargos
de apremio, intereses de demora y costas que se originen en el procedimiento de
acuerdo con los artículos 26, 28 y 161.4 de la misma LGT.
FORMA Y LUGARES DE PAGO
• En la Oficina Virtual Tributaria, https://www.dphuesca.es/oficina-virtual-tributaria.
PAGAR: Desde esta opción podrá realizar el pago con tarjeta bancaria utilizando los
servicios de ibercaja.es
Introduciendo los datos solicitados que se encuentran en el documento tríptico de
pago (liquidación) notificado por comparecencia y completando el pago.
• En las Entidades financieras colaboradoras: IBERCAJA, CAIXABANK y CAJA
RURAL DE ARAGÓN. El pago podrá realizarse con tarjeta bancaria admitida en la Red
de cajeros automáticos, Banca electrónica; también presentando en ventanilla de las
Oficinas de las Entidades financieras colaboradoras el documento tríptico de pago
(liquidación) notificado por comparecencia.
MEDIOS DE IMPUGNACIÓN
Recurso de reposición con carácter obligatorio y previo al contencioso administrativo
ante el Presidente de la Diputación Provincial (art. 14.2 del Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales), en el plazo de un mes contando desde el día siguiente al que
por la recepción, expresa o presunta, produzca efectos la notificación de la liquidación de
acuerdo con los artículos 109 a 112 de la LGT.
Huesca, 29 de mayo de 2025.- La Secretaria General, Aránzazu Calvo González

cve: BOE-N-2025-901572c7800c40acd816eaeff2a8a87dabccb133
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Núm. 132