Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Barcelona. (BOE-N-2025-395889)
DISTRITO DE NOU BARRIS. Anuncio de notificación de 29 de mayo de 2025 en procedimiento licencia venta no sedentaria.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132
Lunes 2 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE BARCELONA
DISTRITO DE NOU BARRIS. Anuncio de notificación de 29 de mayo de 2025 en
procedimiento licencia venta no sedentaria.
ID: N2500399921
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Ayuntamiento de Barcelona. Distrito de Nou Barris
EDICTO
Desde el Departamento de Licencias e Inspección del Distrito de Nou Barris se sigue
expediente con número 08-23-00873/LTZ relativo a un procedimiento de autorización
para ejercer la actividad de venta no sedentaria en el mercado ambulante de Canyelles
en la parada número 43 de la calle Antonio Machado, 12 de Barcelona.
Intentada la notificación de la advertencia de extinción de la autorización al
interesado con núm. NIF.53644987V, ésta no se ha podido practicar.
Por este motivo, de conformidad con lo que establece el artículo 44 de la Ley
39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se publica el anuncio de la mencionada resolución, que
literalmente dice:
ADVERTENCIA DE EXTINCIÓN DE LA LICENCIA
Consultadas las bases de datos en los archivos municipales, conste como titular de
una licencia para la venta no sedentaria en el mercado y el emplazamiento arriba
indicados.
De acuerdo con el artículo 46.5 bis de la Ordenanza sobre el uso de las vías y
espacios públicos de Barcelona, “la existencia de deudas de naturaleza tributaria local de
la persona en cuyo nombre se solicita licencia o concesión comporta su denegación”.
Es por este motivo que se le confiere un plazo de quince días (15) hábiles, a contar
desde la notificación de la presente comunicación, de acuerdo con lo previsto en el
artículo 82 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las
administraciones públicas, a fin de que pueda alegar y presentar los documentos y las
justificaciones que considere pertinente.
Transcurrido dicho plazo sin que se haya presentado la documentación y
justificaciones necesarias, se considerará EXTINGUIDA LA AUTORIZACIÓN POR
REVOCACIÓN motivada por el incumplimiento de las condiciones para el ejercicio de la
venta no sedentaria en mercados de marchantes.
Estas alegaciones se pueden presentar a través de las Oficinas de Atención
Ciudadana del Ayuntamiento de Barcelona o de las otras vías que determina la
normativa legalmente vigente.
cve: BOE-N-2025-ef2212050b1b36c152978bb8fa8d42025ca2e8ed
Verificable en https://www.boe.es
Sin embargo, a fecha de hoy, se ha constatado la existencia de deudas de naturaleza
tributaria local a su nombre.
Núm. 132
Lunes 2 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE BARCELONA
DISTRITO DE NOU BARRIS. Anuncio de notificación de 29 de mayo de 2025 en
procedimiento licencia venta no sedentaria.
ID: N2500399921
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Ayuntamiento de Barcelona. Distrito de Nou Barris
EDICTO
Desde el Departamento de Licencias e Inspección del Distrito de Nou Barris se sigue
expediente con número 08-23-00873/LTZ relativo a un procedimiento de autorización
para ejercer la actividad de venta no sedentaria en el mercado ambulante de Canyelles
en la parada número 43 de la calle Antonio Machado, 12 de Barcelona.
Intentada la notificación de la advertencia de extinción de la autorización al
interesado con núm. NIF.53644987V, ésta no se ha podido practicar.
Por este motivo, de conformidad con lo que establece el artículo 44 de la Ley
39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se publica el anuncio de la mencionada resolución, que
literalmente dice:
ADVERTENCIA DE EXTINCIÓN DE LA LICENCIA
Consultadas las bases de datos en los archivos municipales, conste como titular de
una licencia para la venta no sedentaria en el mercado y el emplazamiento arriba
indicados.
De acuerdo con el artículo 46.5 bis de la Ordenanza sobre el uso de las vías y
espacios públicos de Barcelona, “la existencia de deudas de naturaleza tributaria local de
la persona en cuyo nombre se solicita licencia o concesión comporta su denegación”.
Es por este motivo que se le confiere un plazo de quince días (15) hábiles, a contar
desde la notificación de la presente comunicación, de acuerdo con lo previsto en el
artículo 82 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las
administraciones públicas, a fin de que pueda alegar y presentar los documentos y las
justificaciones que considere pertinente.
Transcurrido dicho plazo sin que se haya presentado la documentación y
justificaciones necesarias, se considerará EXTINGUIDA LA AUTORIZACIÓN POR
REVOCACIÓN motivada por el incumplimiento de las condiciones para el ejercicio de la
venta no sedentaria en mercados de marchantes.
Estas alegaciones se pueden presentar a través de las Oficinas de Atención
Ciudadana del Ayuntamiento de Barcelona o de las otras vías que determina la
normativa legalmente vigente.
cve: BOE-N-2025-ef2212050b1b36c152978bb8fa8d42025ca2e8ed
Verificable en https://www.boe.es
Sin embargo, a fecha de hoy, se ha constatado la existencia de deudas de naturaleza
tributaria local a su nombre.