Comunidades Y Ciudades Autónomas. Comunidad Autónoma De Andalucía. Consejería De Agricultura, Pesca, Agua Y Desarrollo Rural. (BOE-N-2025-395425)
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL EN MÁLAGA. Anuncio de notificación de 27 de mayo de 2025 en procedimiento Sancionador en materia de Agricultura y Pesca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132

Lunes 2 de junio de 2025

Supl. N. Pág. 1

Suplemento de Notificaciones

COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO
RURAL EN MÁLAGA. Anuncio de notificación de 27 de mayo de 2025 en procedimiento
Sancionador en materia de Agricultura y Pesca.
Intentada sin efecto la notificación de la Resolución y Liquidación formulada en el
expediente sancionador que se detalla, por supuesta infracción a la normativa que se
cita, y en cumplimiento de lo previsto en los arts. 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 01 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, e
intentadas, sin efecto, la notificación personal en el domicilio que consta en dicho
expediente, se publica el presente anuncio para que sirva de notificación del mismo;
significándole que en el plazo de un mes, queda de manifiesto el expediente, en la
Sección de Sanciones de esta Delegación Territorial de Málaga, Avda. de la Aurora 47,
planta 5ª, puerta 7; pudiendo formular Recurso de Alzada ante la Excma. Sra. Consejera
de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. Le comunico que el importe de la
sanción deberá hacerlo efectivo en periodo voluntario a partir del día siguiente a la fecha
en que esta resolución adquiera firmeza en vía administrativa. La referida firmeza se
producirá si transcurriese el plazo de un mes, contado desde la fecha de la notificación
de la presente resolución, sin que haya sido interpuesto contra la misma el Recurso de
Alzada a que se hace referencia en el párrafo anterior. En cuyo caso el importe de la
sanción deberá hacerlo efectivo en los plazos siguientes: Las que sean firmes entre los
días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha en que adquiere firmeza hasta el día 20 del mes
posterior o si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. Las que sean firmes
entre los días 16 y último de cada mes, desde que adquieran firmeza hasta el día 5 del
segundo mes posterior o si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. En el
supuesto de que se interponga Recurso de Alzada, el plazo para el pago en periodo
voluntario comenzará a contarse desde el día siguiente a la notificación de la resolución
recaída en el mencionado recurso, con similares plazos, a contar desde la fecha de
notificación. La cuantía de la sanción impuesta deberá hacerse efectiva mediante ingreso
en la Caja General de la Delegación Provincial de la Consejería de Economía, Hacienda
y Fondos Europeos de Málaga o en cualquier entidad colaboradora, utilizando el impreso
normalizado 048. Con apercibimiento que si no consta el pago de la sanción en el plazo
señalado, se procederá a certificar el descubierto para su cobro por la Consejería de
Economía, Hacienda y Fondos Europeos en vía de apremio.
N.I.F.: 77452159G Expediente: MA/0638/24
Acto notificado: Resolución Definitiva Procedimiento Sancionador. Plazo de recurso
de alzada: Un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación del presente
anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
Málaga, 27 de mayo de 2025.- El Delegado Territorial, Fernando Fernández TapiaRuano

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

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