Administración Local. Otros órganos Y Entidades. Consell Comarcal De Ripollès. (BOE-N-2025-396847)
CONSORCI SERVEI DE RECAPTACIÓ CERDANYA-RIPOLLÈS. Anuncio de notificación de 28 de mayo de 2025 en procedimientos de denuncias en materia de tráfico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 2 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
OTROS ÓRGANOS Y ENTIDADES
CONSELL COMARCAL DE RIPOLLÈS
CONSORCI SERVEI DE RECAPTACIÓ CERDANYA-RIPOLLÈS. Anuncio de notificación
de 28 de mayo de 2025 en procedimientos de denuncias en materia de tráfico.
ID: N2500395699

El Consorci Servei de Recaptació Cerdanya-Ripollès en uso de las facultades que tiene
conferidas por delegación de los correspondientes ayuntamientos.
HACE SABER: Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 45 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE núm. 236 de 02 de Octubre), y el artículo 91 Real
Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial LSV (BOE núm.
261 de 31 de Octubre), se hace pública a los presuntos responsables (arts. 82 y 11 del
LSV) la notificación de la denuncia con motivo de la incoación de los expedientes
sancionadores relacionados por infracción a la normativa de tráfico que constan en el
listado anexo, al no haberse podido practicar en el último domicilio conocido de los
interesados. La notificación se entenderá practicada transcurrido el período de veinte
días naturales desde la presente publicación, pudiendo optar las personas interesadas
en un plazo de 20 días naturales siguientes al de la presente notificación a una de las
tres opciones siguientes (93.1 LSV): Identificar al conductor responsable de la infracción:
Salvo que se trate de las infracciones previstas en el artículo 77 apartados h), j), n), ñ),
o), p), q) r), s), y t) de la LSV puede identificar al conductor responsable de la infracción.
Para facilitar su identificación dispone de un plazo de 20 días naturales (art. 93.1 de la
LSV) a contar desde el día siguiente de su notificación. Los datos facilitados deben
incluir el número del permiso o licencia de conducción que permita la identificación en el
Registro de conductores e infractores del organismo autónomo de la Jefatura Central de
Tráfico. Si el conductor no figura inscrito en el Registro de conductores e infractores, el
titular deberá disponer de copia de la autorización administrativa que le habilite a
conducir en España y facilitarla a la Administración cuando le sea requerida. Si el titular
es una empresa de alquiler de vehículos sin conductor, la copia de la autorización
administrativa podrá sustituirse por la copia del contrato de arrendamiento (art. 11 de la
LSV). Puede efectuar este trámite a través de la sede electrónica
(www.cerdanyaripolles.cat identificación infractor), indicando el número de expediente,
nombre completo del infractor, NIF/CIF y domicilio completo así como su número de
permiso de circulación.
Pago de la denuncia: Si realiza el pago de la deuda en el plazo de 20 días naturales
a partir de la recepción de esta notificación se beneficiará de un descuento del 50 % del
importe, este pago implica la renuncia a formular a alegaciones y se tendrá por concluido
el procedimiento sancionador, quedando abierta la vía contenciosa administrativa, en el
plazo de 2 meses a partir del pago, salvo que se trate de las infracciones previstas en el
art. 77 apartados h), j), n), ñ),o), p), q), r), s), y t) LTSV. Si el pago no se realiza la sanción
se podrá ejecutar transcurridos 30 días naturales desde su publicación en el Boletín
Oficial del Estado. Este pago podrá realizarse mediante solicitud de carta de pago en

cve: BOE-N-2025-50be285cc2dc6de90c2b37063726361b90b0f39f
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 132