Administración Local. Tarragona. Ayuntamiento De Calafell. (BOE-N-2025-396729)
Anuncio de notificación de 29 de mayo de 2025 en procedimientos sobre incoación y resolución de los expedientes sancionadores.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132

Lunes 2 de junio de 2025

Supl. N. Pág. 1

Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
TARRAGONA
AYUNTAMIENTO DE CALAFELL
Anuncio de notificación de 29 de mayo de 2025 en procedimientos sobre incoación y
resolución de los expedientes sancionadores.
ID: N2500400163

EDICTO
El Ayuntamiento de Calafell ha intentado notificar los decretos de incoación y
resolución de los expedientes sancionadores que más abajo se detallan por infracción a
norma que se indica, lo que ha resultado imposible en los términos de los artículos 40,
41 y 42 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas (en adelante L39/2015).
De acuerdo con el artículo 44 L39/2015 estamos ante notificaciones infructuosas por
haberse intentado en el sitio conocido disponible sin conseguirlo por causa de que el
interesado es desconocido en éstos, o no ha atendido el aviso, o permanecer ausente en
diferentes momentos del intento de notificación no atendiendo el aviso, o por no recoger
el documento, o por otro motivo atribuible a ese. Por lo que procede se notificará
mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.
De acuerdo con el art. 46 de la L39/2015 se traslada al inculpado indicado la
resolución dictada:

- DETERMINAR la tramitación simplificada del procedimiento sancionador. De
acuerdo con el art. 96.1 de la L39/2015, debido al carácter irrefutable de los hechos, de
los responsables, de las infracciones y de las sanciones. Esta tramitación debe ser
resuelta en el plazo de 30 días desde la notificación de la incoación.
- NOMBRAR instructor del expediente, al Técnico de Gestión Corporativa contra
quien el imputado puede presentar recusación legalmente motivada.
- APROBAR los cargos y propuesta de resolución, con la imposición de la sanción de
multa que consta determinada y detallada salvando prueba en contrario, y bajo los
condicionados previstos en la L39/2015.
- Notificar la resolución a la/s persona/s inculpada/s haciéndole aviso del derecho a
presentar, en el plazo de cinco días, alegaciones o los documentos e informaciones que
se quiera valer para combatir la responsabilidad que se le atribuye de forma presunta,
así como de la posibilidad de proponer prueba definiendo aquellas medidas que se
proponen para hacerla efectiva, así como la posibilidad de reconocer su responsabilidad
con los efectos que se derivan.
- ADVERTIR a la/s persona/s inculpada/s que cuando la sanción tenga carácter
pecuniario el órgano competente para resolver el procedimiento aplicará la reducción del
art. 85.3 de la L39/2015.

cve: BOE-N-2025-5dbb1e5e12a0504b8ad63169c2eb52cbbf16a725
Verificable en https://www.boe.es

- INCOAR expediente sancionador por los hechos que se detallan, contra quien se
indica como responsable, puesto que su conducta puede constituir infracción de acuerdo
con la norma que se indica.