Otros Entes. (BOE-N-2025-397792)
Anuncio de notificación de 29 de mayo de 2025 en procedimiento gestionado por Ibermutua, Mutua colaboradora con la Seguridad Social, número 274, en materia de revisión de las Prestaciones Extraordinarias por Cese de Actividad de los Trabajadores Autónomos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132

Lunes 2 de junio de 2025

Supl. N. Pág. 1

Suplemento de Notificaciones

OTROS ENTES
Anuncio de notificación de 29 de mayo de 2025 en procedimiento gestionado por
Ibermutua, Mutua colaboradora con la Seguridad Social, número 274, en materia de
revisión de las Prestaciones Extraordinarias por Cese de Actividad de los Trabajadores
Autónomos.
ID: N2500400214

Reconocimientos parciales
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 45 la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se
hace pública la notificación de la Resolución definitiva parcialmente favorable de la
solicitud de la prestación extraordinaria de cese de actividad de los trabajadores
autónomos, prevista en el artículo 8 del Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo, que
fue reconocida provisionalmente por Ibermutua, Mutua Colaboradora con la Seguridad
Social nº 274, mediante Resolución emitida por esta entidad al amparo de lo previsto en
el artículo 8.9 del Real Decreto- ley 11/2021, de 27 de mayo.

Habiendo sido infructuosa la práctica de la notificación de la Resolución definitiva
parcialmente favorable a través de la dirección de correo electrónico designada a estos
efectos por la persona solicitante en el formulario de solicitud de la prestación
extraordinaria, se procede a citar a la persona interesada para que comparezca para que
le sea notificado la indicada Resolución definitiva parcialmente favorable de
reconocimiento de la prestación extraordinaria y, en consecuencia, la determinación de la
cuantía de la prestación indebidamente percibida que a continuación se relacionan.
En atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas, por si la presente
publicación pudiera lesionar derechos o intereses legítimos de los ciudadanos
destinatarios de la misma, la Resolución definitiva parcialmente favorable no se publica
en su integridad, por lo que se comunica a las personas interesadas que el texto íntegro
de la Resolución y el resto de la documentación del expediente se pone a su disposición
durante un plazo máximo de DIEZ DÍAS NATURALES a contar desde el día siguiente al
de publicación del presente anuncio en el "Boletín Oficial del Estado", una vez que se
solicite en:
Oficina de comparecencia: Ibermutua,
reclamacioncatacovid19@ibermutua.es
Teléfono de contacto
914163601/914163611.

previo

a

la

dirección

de

comparecencia

correo
para

electrónico

solicitar

cita:

cve: BOE-N-2025-5fd5e7031defe4dff28420618824c63439db0271
Verificable en https://www.boe.es

En aplicación de lo previsto en el artículo 8.10 del Real Decreto- ley 11/2021, de 27
de mayo, como resultado de la revisión de la Resolución provisional que fue en su día
notificada a la persona solicitante, una vez cumplido el preceptivo trámite de
alegaciones, ha recaído RESOLUCIÓN DEFINITIVA PARCIALMENTE FAVORABLE de
reconocimiento de la prestación extraordinaria sobre los expedientes que a continuación
se relacionan y, por tanto, queda sin efecto el reconocimiento provisional, así como se
declara indebidamente percibido el importe abonado en su día a las personas declaradas
beneficiarias resultante de la diferencia entre la cuantía de la prestación reconocida
provisionalmente y la definitiva que ahora se establece en la Resolución definitiva, que le
será reclamada una vez firme la notificación de la Resolución definitiva parcialmente
favorable.