Administración Local. Granada. Ayuntamiento De Baza. (BOE-N-2025-396187)
Anuncio de notificación de 28 de mayo de 2025 en procedimientos Multas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 2 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
GRANADA
AYUNTAMIENTO DE BAZA
Anuncio de notificación de 28 de mayo de 2025 en procedimientos Multas.
ID: N2500398191

Edicto del Excmo. Ayto. Baza sobre notificaciones de iniciacion de expedientes
sancionadores en materia de trafico y seguridad vial.
DON PEDRO JUSTO RAMOS MARTINEZ, ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO.
AYUNTAMIENTO DE BAZA, HACE SABER: Intentada notificación administrativa de
inicio de expediente sancionador, cuyos datos a continuación se relacionan, sin que esta
se haya podido practicar, y de conformidad con lo dispuesto en esta materia por los
artículos 90, 91 y 92 del RDL 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial,
por el presente se procede a su publicación:
Habiendo transcurrido el plazo otorgado a titulares de los vehículos denunciados,
para que identificaran al conductor responsable de la infracción denunciada, sin que
hasta la fecha hayan realizado manifestación alguna; con arreglo a lo dispuesto en el
Capítulo IV referente al Procedimiento Sancionador del RDL 6/2015, se inician los
Expedientes sancionadores que a continuación se relacionan al estimar que la acción
realizada supone una infracción muy grave, prevista en el art. 77,j) del mencionado RDL
6/2015.
Notifíquese la misma al infractor con la advertencia de que en el término de VEINTE
DIAS naturales puede formular alegaciones, presentar y proponer las pruebas que
estime convenientes en el Registro General del Ayto. de Baza o en los Registro u
Oficinas a que hace referencia el Art. 16.4 de la Ley 39/2015, haciendo constar el Nº de
Expediente y matrícula.
El órgano competente para la resolución de este procedimiento será la Alcaldía y por
delegación, según Decreto Nº: 1262/2023 el Concejal de Juventud y Educación D. Juan
Antonio Corral Navarro (art 84.4 RDL 6/2015). Para la tramitación del expediente se
nombra instructora a la Concejala Dª. Priscila Martínez Gutiérrez.
El abono anticipado implicará que se tenga por concluido el procedimiento
sancionador sin necesidad de dictar resolución expresa, renuncia a formular
alegaciones, agotamiento de la vía administrativa siendo recurrible únicamente en el
orden jurisdiccional contencioso administrativo, pudiendo interponer este recurso desde
el día siguiente al pago siendo firme la sanción en vía administrativa desde esa fecha.
Si no efectúan alegaciones, ni abona el importe de la multa en el plazo señalado, la
iniciación del procedimiento será considerada propuesta de resolución según señala el
Art. 64.f) de la Ley 39/2015. En cuyo caso, en su debido momento, se dictarán las
correspondientes resoluciones.
Para conocimiento íntegro del acto, los exptes obran en el departamento de
Gobernación del Excmo. Ayto de Baza.

cve: BOE-N-2025-3273ab0ece69b1224b79196f3d0e56b5870df17b
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 132