Administración Local. Cantabria. Ayuntamiento De Santander. (BOE-N-2025-396044)
Anuncio de notificación de 28 de mayo de 2025 en procedimiento sanciones anm.2025.00053.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132

Lunes 2 de junio de 2025

Supl. N. Pág. 1

Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
CANTABRIA
AYUNTAMIENTO DE SANTANDER
Anuncio de notificación de 28 de mayo de 2025 en procedimiento sanciones
anm.2025.00053.
ID: N2500398258

Expediente Nº: SAL.ANM.2025.00053
Servicio: Salud
Habiéndose intentado practicar la notificación de la Resolución dictada por la
Concejala delegada de Servicios Sociales, Familia, Salud, Autonomía Personal e
Igualdad, de fecha 06/05/2025, al interesado con DNI/CIF 72051524E, y en cumplimiento
del artículo 44 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Publicas, procédase a practicar la notificación por medio
de anuncios en el Boletín Oficial del Estado, de la citada resolución que a continuación
se transcribe:
Resultando que por la Policía Local y comprobado por los Agentes el día 23/04/2025,
a las 13:15 horas, se denuncia a la persona identficada con DNI/NIF 72051524E, por
llevar un perro suelto por la vía pública, en La Albericia a la altura del nº 6.

Considerando que el artículo 48.2 de la Ordenanza sobre tenencia de perros y otros
animales domésticos considera falta grave: H) No llevar al perro conducido por correa o
cadena, salvo en las áreas de esparcimiento canino, que estarán debidamente
señalizadas, siendo la sanción aplicable según el artículo 47.2 B) con una multa de hasta
200 EUROS.
Considerando que el artículo 85 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la
posibilidad de que si el infractor reconoce su responsabilidad, se podrá resolver el
procedimiento con la imposición de sanción que proceda, y que si se realiza el pago
voluntario en cualquier momento anterior a dicha resolución, implicará la terminación del
procedimiento. En ambos casos, se aplicará reducciones de, al menos, el 20 % sobre el
importe de la sanción propuesta, siendo éstos acumulables entre sí. Basándose en lo
anterior, esta Concejalia Delegada, de conformidad con lo establecido en el Reglamento
del Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, y en uso de la
delegación conferida por Decreto de Alcaldía de 20/06/2023, conforme a la facultad que
le atribuye el artículo 124.5 de Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, adopta la siguiente
RESOLUCIÓN

cve: BOE-N-2025-15cf8408adc659b19d86775354c106ef2e99bfc4
Verificable en https://www.boe.es

Considerando que el artículo 15 de la Ordenanza sobre tenencia de perros y otros
animales domésticos establece.En las zonas y vías públicas, los perros irán conducidos
provistos de collar y sujetos por una correa o cadena de longitud no superior a los 2
metros.