Administración Local. Girona. Ayuntamiento De Bisbal D'empordà, La. (BOE-N-2025-396138)
Anuncio de notificación de 28 de mayo de 2025 en procedimiento Padrón Municipal de Habitantes.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132
Lunes 2 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
GIRONA
AYUNTAMIENTO DE BISBAL D'EMPORDÀ, LA
Anuncio de notificación de 28 de mayo de 2025 en procedimiento Padrón Municipal de
Habitantes.
ID: N2500399857
EDICTO
BII – NO ENCSARP agosto y septiembre 2024
2024/000012/2679 (X2024004040)
cat
Antecedentes de hecho
1. En fecha 26 de febrero de 2025 se emitió el decreto de alcaldía 2025DECR000384
para incoar el expediente para proceder a la baja del padrón de habitantes del municipio,
por inscripción indebida, de las personas que no cumplen con el requisito de residencia
del artículo 54 del Reglamento de Población y Demarcación de las Entidades Locales,
aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio.
2. Tramitado el expediente, las propuestas de baja han sido notificadas a las
personas interesadas, quienes han dispuesto de un plazo de 15 días para manifestar si
estaban de acuerdo, o no, con las bajas propuestas.
3. En el caso de las personas a las que no se pudo realizar la notificación, se publicó
edicto en el BOE núm. 291 de 5 de diciembre de 2022.
5. En fecha 3 de abril de 2023 se envió el expediente al Consejo de
Empadronamiento para que emitiera un informe sobre la procedencia o no de las bajas.
6. En fecha 28 de abril se recibió el informe favorable del Consejo de
Empadronamiento, a fin de tramitar las bajas de las personas mencionadas.
7. Toda la documentación mencionada, consta en el expediente.
Fundamentos de derecho
• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, en cuanto a
los procedimientos iniciados de oficio.
• Artículo 16 y ss de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen
local
• Artículo 54, 72 y 78 del Real decreto 1690/1986, de 11 de julio, que regula el
Reglamento de población y demarcación territorial de las entidades locales.
• Resolución de 29 de abril, de la subsecretaría, por la que se publica la Resolución
de 17 de febrero de 2020 de la presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la
cve: BOE-N-2025-3a54b2692038cb32fd7d37ee09637620bd9375f1
Verificable en https://www.boe.es
4. Transcurrido este plazo, las personas que nada han manifestado sobre la
propuesta de baja del padrón de habitantes, que les ha sido notificada, y por tanto se
tramita la baja por inscripción indebida
Núm. 132
Lunes 2 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
GIRONA
AYUNTAMIENTO DE BISBAL D'EMPORDÀ, LA
Anuncio de notificación de 28 de mayo de 2025 en procedimiento Padrón Municipal de
Habitantes.
ID: N2500399857
EDICTO
BII – NO ENCSARP agosto y septiembre 2024
2024/000012/2679 (X2024004040)
cat
Antecedentes de hecho
1. En fecha 26 de febrero de 2025 se emitió el decreto de alcaldía 2025DECR000384
para incoar el expediente para proceder a la baja del padrón de habitantes del municipio,
por inscripción indebida, de las personas que no cumplen con el requisito de residencia
del artículo 54 del Reglamento de Población y Demarcación de las Entidades Locales,
aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio.
2. Tramitado el expediente, las propuestas de baja han sido notificadas a las
personas interesadas, quienes han dispuesto de un plazo de 15 días para manifestar si
estaban de acuerdo, o no, con las bajas propuestas.
3. En el caso de las personas a las que no se pudo realizar la notificación, se publicó
edicto en el BOE núm. 291 de 5 de diciembre de 2022.
5. En fecha 3 de abril de 2023 se envió el expediente al Consejo de
Empadronamiento para que emitiera un informe sobre la procedencia o no de las bajas.
6. En fecha 28 de abril se recibió el informe favorable del Consejo de
Empadronamiento, a fin de tramitar las bajas de las personas mencionadas.
7. Toda la documentación mencionada, consta en el expediente.
Fundamentos de derecho
• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, en cuanto a
los procedimientos iniciados de oficio.
• Artículo 16 y ss de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen
local
• Artículo 54, 72 y 78 del Real decreto 1690/1986, de 11 de julio, que regula el
Reglamento de población y demarcación territorial de las entidades locales.
• Resolución de 29 de abril, de la subsecretaría, por la que se publica la Resolución
de 17 de febrero de 2020 de la presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la
cve: BOE-N-2025-3a54b2692038cb32fd7d37ee09637620bd9375f1
Verificable en https://www.boe.es
4. Transcurrido este plazo, las personas que nada han manifestado sobre la
propuesta de baja del padrón de habitantes, que les ha sido notificada, y por tanto se
tramita la baja por inscripción indebida