Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Sant Andreu De La Barca. (BOE-N-2025-395940)
Anuncio de notificación de 28 de mayo de 2025 en procedimiento de inicio de expedientes de abandono de vehículos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 2 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE SANT ANDREU DE LA BARCA
Anuncio de notificación de 28 de mayo de 2025 en procedimiento de inicio de
expedientes de abandono de vehículos.
ID: N2500400132
De acuerdo con lo establecido en el artículo 40 de la ley 39/2015, de 01 de octubre,
de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo
común, mediante este edicto se notifica, con vista a los expedientes, los siguientes actos
administrativos ya que a pesar de haberse intentado en el último domicilio conocido, no
se han podido practicar:
Actos administrativos: Inicio de expedientes de abandono de vehículos ingresados en
el depósito de vehículos con permanencia superior a dos meses o estacionados más de
1 mes con evidentes desperfectos y que no han sido retirados de la vía pública o del
depósito municipal, de conformidad con lo establecido en el artículo 106 de la ley
06/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre
Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
Otorgar un plazo de 15 días a los titulares de los vehículos para que los retiren del
depósito de vehículos o de la vía pública, así como para hacer alegaciones que a su
derecho convenga en el Departamento de Seguridad Ciudadana y Circulación, Plaça de
l’Ajuntament núm. 1, bajos, de las 8.30 h a las 13.30 h de lunes a viernes, haciéndoles
saber que los vehículos ingresados en el depósito están sujetos a las tasas de retirada y
depósito fijadas en la Ordenanza Fiscal y los vehículos considerados legalmente
abandonados en la vía pública con permanencia superior a 1 mes, serán sancionados
por este concepto.
Una vez transcurrido el período de tiempo reseñado sin que haya sido retirado el
vehículo del depósito municipal o de la vía pública, se procederá 15 días después de la
publicación de este edicto, a su tratamiento residual, de acuerdo con lo que establece el
artículo 86 de la mencionada Ley.
Aún así, le informamos que el Ayuntamiento dispone de un servicio de
descontaminación y desguace por los vehículos declarados en fuera de uso por sus
titulares. En el supuesto que usted estuviera interesado/a en hacer uso de este servicio
puede dirigirse al Departamento de Seguridad Ciudadana y Circulación, adjuntando el
original del permiso de circulación y de la ficha técnica, así como fotocopia del DNI o NIF
del titular del vehículo.
Una vez se haya cumplimentado el desguace del vehículo, la Jefatura Provincial de
Tráfico hará la anotación de baja del vehículo.
Anexo
de inicio de expedientes de abandono de vehículos
cve: BOE-N-2025-1c9e3406027af217f7987b0253ddd692bc5b1063
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 132
Lunes 2 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE SANT ANDREU DE LA BARCA
Anuncio de notificación de 28 de mayo de 2025 en procedimiento de inicio de
expedientes de abandono de vehículos.
ID: N2500400132
De acuerdo con lo establecido en el artículo 40 de la ley 39/2015, de 01 de octubre,
de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo
común, mediante este edicto se notifica, con vista a los expedientes, los siguientes actos
administrativos ya que a pesar de haberse intentado en el último domicilio conocido, no
se han podido practicar:
Actos administrativos: Inicio de expedientes de abandono de vehículos ingresados en
el depósito de vehículos con permanencia superior a dos meses o estacionados más de
1 mes con evidentes desperfectos y que no han sido retirados de la vía pública o del
depósito municipal, de conformidad con lo establecido en el artículo 106 de la ley
06/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre
Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
Otorgar un plazo de 15 días a los titulares de los vehículos para que los retiren del
depósito de vehículos o de la vía pública, así como para hacer alegaciones que a su
derecho convenga en el Departamento de Seguridad Ciudadana y Circulación, Plaça de
l’Ajuntament núm. 1, bajos, de las 8.30 h a las 13.30 h de lunes a viernes, haciéndoles
saber que los vehículos ingresados en el depósito están sujetos a las tasas de retirada y
depósito fijadas en la Ordenanza Fiscal y los vehículos considerados legalmente
abandonados en la vía pública con permanencia superior a 1 mes, serán sancionados
por este concepto.
Una vez transcurrido el período de tiempo reseñado sin que haya sido retirado el
vehículo del depósito municipal o de la vía pública, se procederá 15 días después de la
publicación de este edicto, a su tratamiento residual, de acuerdo con lo que establece el
artículo 86 de la mencionada Ley.
Aún así, le informamos que el Ayuntamiento dispone de un servicio de
descontaminación y desguace por los vehículos declarados en fuera de uso por sus
titulares. En el supuesto que usted estuviera interesado/a en hacer uso de este servicio
puede dirigirse al Departamento de Seguridad Ciudadana y Circulación, adjuntando el
original del permiso de circulación y de la ficha técnica, así como fotocopia del DNI o NIF
del titular del vehículo.
Una vez se haya cumplimentado el desguace del vehículo, la Jefatura Provincial de
Tráfico hará la anotación de baja del vehículo.
Anexo
de inicio de expedientes de abandono de vehículos
cve: BOE-N-2025-1c9e3406027af217f7987b0253ddd692bc5b1063
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 132