Administración Local. Salamanca. Ayuntamiento De Salamanca. (BOE-N-2025-396642)
Anuncio de notificación de 28 de mayo de 2025 en procedimiento expediente sancionador por ocupación de vía pública sin autorización.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132

Lunes 2 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
SALAMANCA
AYUNTAMIENTO DE SALAMANCA
Anuncio de notificación de 28 de mayo de 2025 en procedimiento expediente
sancionador por ocupación de vía pública sin autorización.
ID: N2500397638

724/2025/ESPA
DNI: E37531233
CONTROL 299
El Tercer Teniente de Alcalde, con fecha 9 de Mayo de 2025 ha tenido a bien
autorizar la siguiente PROPUESTA DEL JEFE DEL SERVICIO DE POLICÍA Y
ACTIVIDADES CLASIFICADAS, que se remite al Boletín Oficial del Estado para su
inserción, al amparo de lo establecido por el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de
Octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, por
haber resultado imposible practicar la notificación en el domicilio señalado a tales
efectos:
FECHA: 29/03/2025

HORA: 17:39

EMPLAZAMIENTO: AV FEDERICO ANAYA, 32 - 37004 SALAMANCA (SALAMANCA)
DOMICILIO DE NOTIFICACIÓN: AV FEDERICO ANAYA, 32
INFRACCIÓN: REALIZACIÓN DE CUALQUIER ACTIVIDAD, INSTALACIÓN U OCUPACIÓN DE LA VÍA
PÚBLICA CARECIENDO DE LA AUTORIZACIÓN MUNICIPAL CORRESPONDIENTE, EN PARTICULAR
OCUPAR LA VIA PUBLICA CON VARIOS ELEMENTOS SIN AUTORIZAR.

Los Servicios Técnicos Municipales han elevado a esta Alcaldía el Informe emitido
por la Policía Local, dejando constancia de la presunta comisión de una infracción de
carácter muy grave contemplada en la Ordenanza Municipal reguladora de la venta
realizada fuera de establecimiento comercial permanente y realización de actividades en
la vía pública e imputable al/a la interesado/a, consistente en la realización de cualquier
actividad, instalación u ocupación de la vía pública careciendo de la autorización
municipal correspondiente, circunstancia acaecida y puesta de manifiesto por la Policía
Local con la fecha, hora y emplazamiento descritos con anterioridad, infracción que
podría ser sancionada con multa de hasta TRES MIL (3.000) EUROS, según contemplan
los artículos 30, 36.3.a y 37.1.c de la referida Ordenanza Municipal.
En su virtud, corresponde iniciar la tramitación de un expediente sancionador,
encaminado a esclarecer y probar tales hechos y determinar el exacto alcance de las
responsabilidades a que los mismos hubieran podido dar lugar.
De conformidad con las actuaciones practicadas y en virtud de lo establecido en la
Ordenanza Municipal reguladora de la venta realizada fuera de establecimiento
comercial permanente y realización de actividades en la vía pública, el/la Técnico de

cve: BOE-N-2025-1763b2bbb816eece5c964d55d6babcaa97947234
Verificable en https://www.boe.es

REFERENCIA ADICIONAL: CONTROL 299