Administración Local. Salamanca. Ayuntamiento De Salamanca. (BOE-N-2025-396639)
Anuncio de notificación de 28 de mayo de 2025 en procedimiento expediente de restauración de legalidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132

Lunes 2 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
SALAMANCA
AYUNTAMIENTO DE SALAMANCA
Anuncio de notificación de 28 de mayo de 2025 en procedimiento expediente de
restauración de legalidad.
ID: N2500397596

250/2025/ESPA
DNI: 007634710K
RL 62
El Tercer Teniente de Alcalde, con fecha 12 de Mayo de 2025 ha tenido a bien
autorizar la siguiente PROPUESTA DEL JEFE DEL SERVICIO DE POLICÍA Y
ACTIVIDADES CLASIFICADAS, que se remite al Boletín Oficial del Estado para su
inserción, al amparo de lo establecido por el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de
Octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, por
haber resultado imposible practicar la notificación en el domicilio señalado a tales
efectos:
FECHA:

HORA:

EMPLAZAMIENTO: CL FERNANDO DE ROJAS, 27 03 D - 37005 SALAMANCA (SALAMANCA)
DOMICILIO DE NOTIFICACIÓN: CL GRAN VIA, 75 02 A
ASUNTO: FINALIZAR EXPEDIENTE DE RESTAURACIÓN DE LEGALIDAD ALOJAMIENTO TURÍSTICO
Expediente incoado por resolución de alcaldía de fecha: 27/02/2025

Se ha dictado Resolución incoando expediente de Restauración de la Legalidad
ambiental por la apertura al público del establecimiento de alojamiento turístico sin
realizar la preceptiva comunicación ambiental en los términos establecidos en el
inmueble de referencia.
La resolución de incoación ha sido notificada al interesado y con objeto de que en el
plazo concedido al efecto pudiera el/la interesado/a pudiera contestar, tomar audiencia y
vista del expediente, y alegar cuanto tuviera por conveniente en orden a la mejor defensa
de su derecho y presentar la preceptiva comunicación ambiental
RESULTANDO que el/la interesado/a ha presentado en tiempo y forma escrito de
alegaciones, donde presenta la baja en el registro de viviendas y apartamentos de uso
turístico de la Junta de Castilla y León.
Considerando que con dicha baja, queda acreditado que no se ejerce la actividad de
alojamiento de uso turístico.
Vistos los antecedentes mencionados, las disposiciones citadas y las demás normas
de general y pertinente aplicación, el Técnico de Administración General del Servicio de
Policía y Actividades Clasificadas que suscribe propone a la Alcaldía-Presidencia que
adopte el siguiente ACUERDO:

cve: BOE-N-2025-b733acce0e128d055213ecd1f540a57c7cd52963
Verificable en https://www.boe.es

REFERENCIA ADICIONAL: RL 62