Administración Local. Lugo. Ayuntamiento De Ribadeo. (BOE-N-2025-396407)
Anuncio de notificación de 27 de mayo de 2025 en procedimiento de gestión de multas por infracciones de tráfico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 2 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
LUGO
AYUNTAMIENTO DE RIBADEO
Anuncio de notificación de 27 de mayo de 2025 en procedimiento de gestión de multas
por infracciones de tráfico.
ID: N2500396176

ACTO QUE SE NOTIFICA: Propuestas de resolución de expedientes sancionadores
por infracción de tráfico.
Después de intentar practicar la notificación individual del modo previsto en el art. 90
de la LSV y según lo dispuesto en el art. 91 de dicha Ley y art. 40 a 44 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, de PAC de las AAPP se hace público que:
Se iniciaron los expedientes sancionadores relacionados, correspondiendo su
instrucción a D. Andrés Redondo Espejo, Jefe de la Policía Local y la competencia para
su resolución a Montserrat Seijo Diaz, concejala de Seguridad de acuerdo con el art.
84.4 de la LSV y resolución de Alcaldía de 26 de junio de 2023.
LUGAR Y FORMA DE PAGO
La sanción podrá hacerse efectiva dentro de los 20 días naturales siguientes a la
notificación, mediante ingreso en la cuenta ES47.2080.5365.38.3110005498 de
ABANCA, indicando nº. de expediente, nombre y matrícula.
MEDIOS DE IMPUGNACIÓN
En caso de disconformidad con la propuesta de sanción, podrá formular escrito de
alegaciones ante el instructor del procedimiento en el plazo de 20 días naturales
contados desde el día siguiente al de la notificación.
Dicho escrito deberá remitirse al Registro General del Ayuntamiento de Ribadeo, sito
en la plaza de España 1, Ribadeo 27700, Lugo, por cualquiera de los medios previstos
en el artículo 16 de la Ley 39/2015.
PÉRDIDA DE PUNTOS EN LOS PERMISOS Y LICENCIAS DE CONDUCCIÓN
Cuando un conductor sea sancionado en firme en vía administrativa por la comisión
de alguna de las infracciones graves o muy graves relacionadas en la LSV, los puntos
que corresponda descontar del crédito que tenga en su permiso o licencia de conducción
quedarán descontados de forma automática y simultánea en el momento en que se
proceda a la anotación de la citada sanción en el Registro de conductores e infractores,
quedando constancia en dicho registro del crédito total de puntos de que disponga el
titular de la autorización.
EJECUCION Y CADUCIDAD DE LA SANCIÓN
El procedimiento caducará transcurrido 1 año desde la iniciación del mismo sin que e
hubiese producido resolución sancionadora (art. 112 LSV)
Una vez firme la sanción, el interesado dispondrá de un plazo final de 15 días
naturales para el pago de la multa, tras el cual su cobro se llevará a cabo por el
procedimiento de apremio (art. 110 LSV).

cve: BOE-N-2025-beef0251b197eaff4840962aa39c8fd54834feb6
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Núm. 132