Administración Local. Ciudad Real. Ayuntamiento De Puertollano. (BOE-N-2025-396091)
Anuncio de notificación de 26 de mayo de 2025 en procedimiento sancion.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 2 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
CIUDAD REAL
AYUNTAMIENTO DE PUERTOLLANO
Anuncio de notificación de 26 de mayo de 2025 en procedimiento sancion.
ID: N2500390256

AYUNTAMIENTO DE PUERTOLLANO POR EL QUE SE NOTIFICAN RESOLUCIONES
DE EXPEDIENTES SANCIONADORES
Habiendo intentado practicar, sin resultado positivo, la notificación individual de la
Resolución e imposición de sanción en la forma prevista en el Real Decreto Legislativo
6/2015 de 30 de octubre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre
Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial -en lo sucesivo LSV- y de
conformidad con lo dispuesto en los Arts. 90, 91 y 92 del mismo, se pone en
conocimiento de los interesados que a continuación se relacionan que el Concejal de
Seguridad Ciudadana en uso de las atribuciones que le confiere el Art. 84.4 de la LSV
que le han sido delegadas por resolución del Sr. Alcalde ha resuelto:
1.- IMPONER las correspondientes multas a las personas físicas o jurídicas que,
identificadas en los respectivos expedientes sancionadores como responsables de las
infracciones denunciadas, figuran en la relación adjunta, con expresión de la identidad de
los interesados, del motivo y cuantía de las sanciones y de otros datos especialmente
significativos que determinan, de forma individualizada, los efectos del acto.
2.- INFORMAR a los destinatarios que contra estas resoluciones que ponen fin a la
vía administrativa, podrá interponerse Recurso de Reposición con carácter potestativo,
en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente
edicto, ante el Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Puertollano, de conformidad con lo
dispuesto en el Art. 96.2 de la LSV, o alternativamente recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, en el plazo
de dos meses a contar igualmente desde el día siguiente al de la comunicación del
presente edicto.
De no hacerse efectivo el importe de la multa dentro de los quince días naturales
siguientes a la firmeza de la resolución, se procederá a su exacción por vía ejecutiva,
incrementado con el recargo de apremio, según dispone el Art. 110.1 de la LSV.
Los expedientes obran en la Oficina de Gestión de Multas del Ayuntamiento de
Puertollano.
(*) Este edicto se mantendrá expuesto durante un periodo de 20 días naturales.
Finalizado este plazo la notificación se tendrá por practicada.
Organo responsable: Oficina de Gestión de multas de tráfico del Ayuntamiento de
Puertollano
Lugar: Avda. 1º de Mayo 22 BJ esq. C/ Norte. 13500 Puertollano (Ciudad Real)
Tel: 926/42 05 47 - E-mail: gestiondemultas@puertollano.es

cve: BOE-N-2025-d92ba1447d501fffe2a4c1a059e0949570ff53ed
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 132