Administración Local. Ciudad Real. Ayuntamiento De Puertollano. (BOE-N-2025-396088)
Anuncio de notificación de 26 de mayo de 2025 en procedimiento sancion.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 2 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
CIUDAD REAL
AYUNTAMIENTO DE PUERTOLLANO
Anuncio de notificación de 26 de mayo de 2025 en procedimiento sancion.
ID: N2500389999

EDICTO. NOTIFICACION DE INICIO DE PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES EN
MATERIA DE TRAFICO
Habiendo intentado practicar, sin resultado positivo, la notificación individual en la
forma prevista en el Real Decreto Legislativo 6/2015 de 30 de Octubre por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a motor y
Seguridad Vial -en adelante LSV- y de conformidad con lo dispuesto en los Arts. 90,
91 ,92 y 93 del mismo, se pone en conocimiento de los interesados que a continuación
se relacionan que se ha formulado contra ellos la denuncia con el número de expediente
que se detalla y por cuyo motivo la autoridad competente ha ordenado la incoación de
expediente sancionador con arreglo al procedimiento contemplado en la LSV. Tal como
dispone el Art. 86.1 de la LSV, se notifica la incoación del procedimiento siendo su
instructora la Técnico de Sanciones del Ayuntamiento de Puertollano y el órgano
competente para resolver el Concejal de Seguridad Ciudadana por delegación del Sr.
Alcalde - recusación de acuerdo con los Art. 23 y 24 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre-.
Pudiendo: A.- Acogerse al Procedimiento Sancionador Abreviado, realizando
voluntariamente el pago de la multa en un plazo de 20 días naturales, renuncia a
formular alegaciones y la terminación del procedimiento sin necesidad de dictar
resolución expresa. B.- Acogerse al Procedimiento Sancionador Ordinario en caso de no
estar de acuerdo con la denuncia, disponiendo de 20 días naturales para formular
alegaciones y proponer las pruebas que estime oportunas, mediante escrito a presentar
en el Registro General del Ayuntamiento de Puertollano. Si no se abona la denuncia ni
se formulan alegaciones dentro de los plazos señalados, su notificación surtirá el efecto
de acto resolutorio del procedimiento sancionador y la sanción podrá ejecutarse
transcurridos 30 días naturales desde la notificación de la misma. Este edicto se
mantendrá expuesto durante un periodo de 20 días naturales. Finalizado este plazo la
notificación se tendrá por practicada.
Organo responsable: Oficina de Gestión de multas de tráfico del Ayuntamiento de
Puertollano
Lugar: Avda. 1º de Mayo 22 BJ esq. C/ Norte. 13500 Puertollano (Ciudad Real)
Tel: 926/42 05 47 - E-mail: gestiondemultas@puertollano.es
IDENTIF = DNI, NIF, NIE, ARTº = Artículo, RDL 6/2015 = Real Decreto Legislativo
6/2015 (BOE 261 de 31/10/2015), ORD MOV = Ordenanza de Movilidad (BOP 69 de
9/6/2010), LEY18/2021 = LEY 18/2021 (BOE Nº 304 - 21/12/2021), PTOS = Puntos a
detraer

cve: BOE-N-2025-b4537ba60b9fbf9ce3e9ce5f7fec3db86f9d55a6
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 132