Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Sant Cugat Del Vallès. (BOE-N-2025-395941)
Anuncio de notificación de 26 de mayo de 2025 en procedimiento Relación de vehículos extranjeros abandonados con matricula de FRANCIA en los que se acuerda la incoación de expediente para declarar residuo y ordenar su traslado a un centro autorizado de tratamiento de vehículos (CAD), esta no se ha podido practicar a todas las personas interesadas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132

Lunes 2 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE SANT CUGAT DEL VALLÈS
Anuncio de notificación de 26 de mayo de 2025 en procedimiento Relación de vehículos
extranjeros abandonados con matricula de FRANCIA en los que se acuerda la incoación
de expediente para declarar residuo y ordenar su traslado a un centro autorizado de
tratamiento de vehículos (CAD), esta no se ha podido practicar a todas las personas
interesadas.
ID: N2500392466

Notificación edictal decreto de inicio oficinas consulares extranjeros

Se inicia expediente para declarar residuo y ordenar su traslado a un centro
autorizado de tratamiento de vehículos (CAD), y se requiere a la personas interesada la
retirada del vehículo en el plazo de un mes, de acuerdo con lo previsto en el artículo 106
del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en
relación al siguiente expediente y vehículo que incorpora los datos que identifican a la
persona interesada, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional séptima de
la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía
de los derechos digitales:
Nº Expediente Marca Modelo Color Matrícula
17605/2025

Titular vehículo

SEAT ALTEA GRIS BR562QV TITULAR DESCONOCIDO VEHICULO EXTRANJERO

La persona interesada puede comparecer ante el Ayuntamiento en el plazo de un
mes desde la publicación para conocer el contenido íntegro de los actos indicados y
proceder a la retirada del vehículo, con la advertencia que, en caso contrario, se
procederá a su declaración como residuo con las consecuencias previstas en la
legislación sobre tráfico.
Contra este acto, que es de trámite y no definitivo en vía administrativa, no cabe
recurso alguno, ya que no decide el fondo del asunto, no determina la imposibilidad de
continuar el procedimiento, ni produce indefensión, ni perjuicio irreparable a derechos o
intereses legítimos, teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 112.1 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las
administraciones públicas (LPAC), y 25.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la jurisdicción contencioso-administrativa.

cve: BOE-N-2025-0b7fef531a5b175a5e27c6e98d63c875bce06106
Verificable en https://www.boe.es

Intentada la notificación del acuerdo adoptado mediante el Decreto de Alcaldía
DEC/2493/2025 de fecha 23-05-2025, por el que se acuerda la incoación de expediente
para declarar residuo i ordenar su traslado a un centro autorizado de tratamiento de
vehículos (CAD), esta no se ha podido practicar a la persona interesada. Es por eso que,
juntamente con la publicación en el Tablón Edictal Único (TEU) del Boletín Oficial del
Estado (BOE) de acuerdo con lo establecido en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas
(LPAC), se practica notificación mediante edicto a la correspondiente embajada o
consulado.