Administración Local. Castellón. Ayuntamiento De Benicasim/benicàssim. (BOE-N-2025-396059)
Anuncio de notificación de 19 de mayo de 2025 en procedimiento Baja de Oficio Padrón Municipal de Habitantes. Expediente 3177/2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 2 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
CASTELLÓN
AYUNTAMIENTO DE BENICASIM/BENICÀSSIM
Anuncio de notificación de 19 de mayo de 2025 en procedimiento Baja de Oficio Padrón
Municipal de Habitantes. Expediente 3177/2025.
ID: N2500400475

Siendo que se está tramitando por este Ayuntamiento expediente de Baja de Oficio
en el Padrón de Municipal de Habitantes por no cumplir los requisitos del artículo 54 del
Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado
por R.D. 1690/1986 de 11 de julio. Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 72.1
del mismo Reglamento y el en artículo 82 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a la
exposición de este edicto en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín
Oficial del Estado, dando así cumplimiento a lo previsto en el artículo 44 de la
L.P.A.C.A.P. (BOE de 02-10-2015).
A continuación se transcribe el texto íntegro de dicha Resolución:
DECRETO 2025-0640 de fecha 27/02/2025
HECHOS Y FUNDAMENTOS DE DERECHO

Asunto: Incoación de expediente de baja de oficio en el Padrón Municipal de
Habitantes de ciudadanos que figuran empadronados incumpliendo los requisitos
establecidos en el art. 54 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial delas
Entidades Locales. 3177/2025
Visto el resultado de las gestiones practicadas en relación con la comunicación
recibida respecto a la no residencia de varios ciudadanos en el domicilio en el que
figuran empadronados, y una vez realizadas las averiguaciones oportunas que constatan
los hechos descritos.
Considerando, que conforme a lo establecido por el artículo 72 del Reglamento de
Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, los Ayuntamientos darán
de baja de oficio, por inscripción indebida, a quienes figuren empadronados
incumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 54 del citado Reglamento -en este
caso, falta de residencia habitual en el municipio-, una vez comprobada esta
circunstancia en el correspondiente expediente en el que se dará audiencia al
interesado.
RESOLUCIÓN

PRIMERO: Incoar expediente de baja de oficio por inscripción indebida en el Padrón
Municipal de Habitantes de Benicàssim, por incumplimiento de los requisitos
establecidos en el art. 54 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las
Entidades Locales, de las siguientes personas:
20469777F XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

cve: BOE-N-2025-b548b5759f76718d42aa7e16d7245dc24a7e5ad2
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 132