Otros Entes. (BOE-N-2025-394641)
Anuncio de notificación de 26 de mayo de 2025 en procedimiento gestionado por FREMAP, Mutua colaboradora con la Seguridad Social Nº 61 sobre seguimiento de proceso de Incapacidad temporal antes de proceder a la extinción de la Prestación Económica.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131
Sábado 31 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
OTROS ENTES
Anuncio de notificación de 26 de mayo de 2025 en procedimiento gestionado por
FREMAP, Mutua colaboradora con la Seguridad Social Nº 61 sobre seguimiento de
proceso de Incapacidad temporal antes de proceder a la extinción de la Prestación
Económica.
ID: N2500390678
En base al artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, debido a los intentos de
notificaciones previas infructuosas realizadas
En relación con su baja médica de 03/12/2024, deberá acudir a consulta médica en
el lugar y hora señalados con toda la información médica de que disponga.
Fecha de la última incomparecencia: 21/05/2025
Fecha de efectos de la suspensión cautelar: 22/05/2025
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 175.3 de la Ley General de la Seguridad
Social, el derecho al subsidio de incapacidad temporal se suspenderá cautelarmente por
la incomparecencia del beneficiario a cualquiera de las convocatorias para los exámenes
y reconocimientos establecidos por los médicos de las Mutuas Colaboradoras con la
Seguridad Social. En consecuencia, dado que no ha comparecido a las citaciones del
Servicio Médico de FREMAP, ponemos en su conocimiento que se le suspende
cautelarmente el derecho al subsidio desde el día especificado al pie de este escrito.
Contra este acuerdo podrá interponer reclamación previa a la vía jurisdiccional ante
esta mutua, en el plazo de treinta días desde la notificación, de conformidad con lo
establecido en el artículo 71.3 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la
Jurisdicción Social.
Expediente
DNI/NIE
05/29/01/24/7464 78965243X
Oficina de personación:
FREMAP, Mutua colaboradora con la Seguridad Social N.º 61.
Av Arias de Velasco 2
29601 Marbella - Málaga
TLF para información y modificación de la oficina de personación: 952 77 69 07
Marbella, 26 de mayo de 2025.- Cristina Martín González, directora FREMAP
Marbella
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-cc844d179d185a9b04c310f8d3724c68408bc325
Verificable en https://www.boe.es
Asimismo, se le informa que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 9 del
Real Decreto 625/2014, de 18 de julio y 174.1 de la Ley General de la Seguridad Social,
si en el plazo de diez días hábiles desde la fecha de la incomparecencia que se indica
también en este escrito no justifica documentalmente causa suficiente para la misma, se
acordará la extinción definitiva de la prestación desde la misma fecha de efectos de la
suspensión.
Núm. 131
Sábado 31 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
OTROS ENTES
Anuncio de notificación de 26 de mayo de 2025 en procedimiento gestionado por
FREMAP, Mutua colaboradora con la Seguridad Social Nº 61 sobre seguimiento de
proceso de Incapacidad temporal antes de proceder a la extinción de la Prestación
Económica.
ID: N2500390678
En base al artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, debido a los intentos de
notificaciones previas infructuosas realizadas
En relación con su baja médica de 03/12/2024, deberá acudir a consulta médica en
el lugar y hora señalados con toda la información médica de que disponga.
Fecha de la última incomparecencia: 21/05/2025
Fecha de efectos de la suspensión cautelar: 22/05/2025
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 175.3 de la Ley General de la Seguridad
Social, el derecho al subsidio de incapacidad temporal se suspenderá cautelarmente por
la incomparecencia del beneficiario a cualquiera de las convocatorias para los exámenes
y reconocimientos establecidos por los médicos de las Mutuas Colaboradoras con la
Seguridad Social. En consecuencia, dado que no ha comparecido a las citaciones del
Servicio Médico de FREMAP, ponemos en su conocimiento que se le suspende
cautelarmente el derecho al subsidio desde el día especificado al pie de este escrito.
Contra este acuerdo podrá interponer reclamación previa a la vía jurisdiccional ante
esta mutua, en el plazo de treinta días desde la notificación, de conformidad con lo
establecido en el artículo 71.3 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la
Jurisdicción Social.
Expediente
DNI/NIE
05/29/01/24/7464 78965243X
Oficina de personación:
FREMAP, Mutua colaboradora con la Seguridad Social N.º 61.
Av Arias de Velasco 2
29601 Marbella - Málaga
TLF para información y modificación de la oficina de personación: 952 77 69 07
Marbella, 26 de mayo de 2025.- Cristina Martín González, directora FREMAP
Marbella
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-cc844d179d185a9b04c310f8d3724c68408bc325
Verificable en https://www.boe.es
Asimismo, se le informa que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 9 del
Real Decreto 625/2014, de 18 de julio y 174.1 de la Ley General de la Seguridad Social,
si en el plazo de diez días hábiles desde la fecha de la incomparecencia que se indica
también en este escrito no justifica documentalmente causa suficiente para la misma, se
acordará la extinción definitiva de la prestación desde la misma fecha de efectos de la
suspensión.