Administración Local. Asturias. Ayuntamiento De Piloña. (BOE-N-2025-394520)
Anuncio de notificación de 15 de mayo de 2025 en procedimiento notificación requerimiento subsanación solicitud cambio de domicilio padrón municipal de habitantes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131

Sábado 31 de mayo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
ASTURIAS
AYUNTAMIENTO DE PILOÑA
Anuncio de notificación de 15 de mayo de 2025 en procedimiento notificación
requerimiento subsanación solicitud cambio de domicilio padrón municipal de habitantes.
ID: N2500362675

NOTIFICACIÓN A A.I.G., DNI 71655610F DE REQUERIMIENTO SUBSANACION
SOLICITUD CAMBIO DOMICILIO PADRÓN MUNICIPAL HABITANTES.
Procedimiento: PADRÓN HABITANTES.
Expte.: ETD/2025/442 (cítese al contestar)
Vista su solicitud de fecha 10 de abril de 2025 de modificación en el Padrón
Municipal de Habitantes por cambio de domicilio a XXXXX y revisado el contenido de su
solicitud y, en su caso, documentación complementaria, se han detectado una serie de
deficiencias, que impiden a esta Administración sustanciar la actuación administrativa
que se interesa.
DOCUMENTACIÓN APORTADA:
Solicitud cambio domicilio Padrón Habitantes.
Hoja de inscripción (sin cumplimentar)
DNI
Contrato de arrendamiento de vivienda.
Fianza (marzo 2024).

HOJA DE INSCRIPCIÓN PADRONAL, cumplimentada y firmada.
ÚLTIMO RECIBO ALQUILER.
NOMBRE DEL BARRIO DÓNDE SE ENCUENTRA LA VIVIENDA.
Por medio de la presente notificación se le REQUIERE, para que en el PLAZO DE
DÍEZ DÍAS, subsane las deficiencias señaladas, de conformidad con lo previsto en el
artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, -LPACAP-.
Transcurrido dicho plazo sin ser atendido el presente requerimiento, se le tendrá por
desistido de su solicitud, previa resolución dictada de conformidad con lo previsto en el
artículo 21 de la LPACAP.
Se suspende el transcurso del plazo máximo legal de TRES MESES para resolver el
procedimiento y notificar la resolución, por el tiempo que medie entre la notificación del
requerimiento y su efectivo cumplimiento por el destinatario, o, en su defecto, por el del
plazo concedido (DIEZ DÍAS), todo ello sin perjuicio de lo previsto en el art. 68 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre -LPACAP-.

cve: BOE-N-2025-107ca2b566b35fe2c012352db733c4758b97683d
Verificable en https://www.boe.es

Se la REQUIERE, para que en el PLAZO DE DÍEZ DÍAS, aporte la siguiente
documentación: