Administración Local. Teruel. Ayuntamiento De Teruel. (BOE-N-2025-388428)
SERVICIOS GENERALES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA. Anuncio de notificación de 26 de mayo de 2025 en procedimiento de Tramitación de las Bajas de Oficio por Inscripción Indebida de ciudadanos extranjeros con autorización de residencia permanente en el Padrón Municipal de Habitantes de Teruel.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129

Jueves 29 de mayo de 2025

Supl. N. Pág. 3

“En el marco de las operaciones de control y actualización del Padrón municipal, este
Ayuntamiento debe realizar comprobaciones periódicas de la residencia de los
ciudadanos de la Unión Europea y de los Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio
Económico Europeo, así como de los que, sin pertenecer a estos países, tienen tarjeta
de residencia de régimen comunitario, por ser familiares de comunitarios, y aquellos que
tienen autorización de residencia de larga duración, que se encuentren en alguna de las
siguientes situaciones:
Que no figuren inscritos en el Registro Central de Extranjeros y su última variación
padronal tenga más de dos años de antigüedad.
Que su tarjeta de residencia esté caducada y su última variación padronal tenga más
de cinco años de antigüedad.
Que su certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros haya sido
expedido hace más de cinco años y su última variación padronal tenga más de cinco
años de antigüedad.
Por parte del Instituto Nacional de Estadística se ha comunicado a este
Ayuntamiento que usted se encuentra en alguna de las anteriores situaciones.
Por tanto, de acuerdo con con lo dispuesto en el artículo 72 del Reglamento de
Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales y en los apartados 7 y
5.2.4 de la Resolución de 17 de febrero de 2020 (BOE 02/05/2020), de la Presidencia del
Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Coordinación de
Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, sobre
instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal, este
Ayuntamiento ha iniciado el procedimiento para proceder a darle de baja de oficio en el
Padrón de Habitantes.
A tal efecto, se le concede un trámite de audiencia para que en el plazo de 10 días
hábiles, contados a partir del siguiente al que reciba este escrito, manifieste su
conformidad o disconformidad con la baja a practicar, alegando y presentando los
documentos y justificantes que estime pertinentes al objeto de confirmar su residencia en
este municipio.

Asimismo, se le advierte de que, de acuerdo con la Resolución de 24 de febrero de
2006, de la Oficina del Censo Electoral, las bajas de oficio en el Padrón de Habitantes
tienen como efecto la baja en el Censo Electoral del mismo municipio."
Lo que comunico para su conocimiento y efectos procedentes.
Teruel, 26 de mayo de 2025.- Rafael Paricio Mateo, Técnico de Administración
General de Servicios Generales y Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Teruel

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-N-2025-f216480d39c90b7a62920262b872f7650f0da463
Verificable en https://www.boe.es

En el caso de que no manifieste expresamente su conformidad con la baja o no
aporte alegaciones en el plazo concedido y, en todo caso, cuando no figure
empadronado en ningún otro municipio, la baja de oficio sólo podrá llevarse a cabo con
el informe favorable del Consejo de Empadronamiento.