Administración Local. Valencia. Ayuntamiento De Valencia. (BOE-N-2025-388522)
SERVICIO CENTRAL DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR. Anuncio de notificación de 26 de mayo de 2025 en procedimiento sancionador en materia de tráfico. Edicto del Ayuntamiento de València, relativo a las notificaciones de denuncias de la Sección Quinta.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129

Jueves 29 de mayo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
VALENCIA
AYUNTAMIENTO DE VALENCIA
SERVICIO CENTRAL DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR. Anuncio de notificación
de 26 de mayo de 2025 en procedimiento sancionador en materia de tráfico. Edicto del
Ayuntamiento de València, relativo a las notificaciones de denuncias de la Sección
Quinta.
ID: N2500389542

Expte. 01307/2025/450 (2025/3157)
De conformidad con lo previsto en los artículos 90 y 91, del Real Decreto Legislativo
6/2015 de 30 de octubre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre
Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, por el presente EDICTO se
notifica a las personas físicas y jurídicas que se señalan a continuación que, habiéndose
formulado denuncia a los vehículos de su titularidad o de los cuales son arrendatarios
que se relacionan, y no habiendo sido posible la notificación personal en su domicilio del
requerimiento para que identifiquen a los conductores responsables de las infracciones
de tráfico cometidas -según lo dispuesto en el art. 11 y 93.1 del Real Decreto Legislativo
6/2015 de 30 de octubre-, los mismos se encuentran a su disposición en las
dependencias municipales, sitas en C/ Albacete nº 12 bajo.

Dentro de los VEINTE DIAS NATURALES siguientes de la finalización del plazo de
publicación del presente edicto, podrá identificar al conductor responsable de la
infracción denunciada, indicando su nombre y apellidos, domicilio completo y número del
permiso o licencia de conducción (DNI), de conformidad con el art. 11 del RDL 6/2015 de
30 de octubre, si el conductor no figura inscrito en el Registro de Conductores e
Infractores deberá acompañarse copia de la autorización administrativa que le habilite
para conducir a España y tratándose de una empresa de alquiler de vehículos sin
conductor se podrá sustituir por la copia del contrato de arrendamiento. Presentándolo
en el Registro Electrónico Municipal, en el resto de registros municipales habilitados (Pl.
Ayuntamiento nº 1, Amadeo de Saboya nº 11 y Juntas Municipales), o cualquiera de las
formas previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Advirtiéndole que en caso de
incumplir esta obligación será sancionada como autor de una infracción muy grave cuya
cuantía será el doble de la prevista para la infracción originaria si la misma fuera leve, y
el triple si fuera grave o muy grave según disponen los art. 77.j) y 80.2.b) del RDL
6/2015. La persona requerida responderá igualmente cuando la identificación no fuese
veraz.
Expte. Nº/Denuncia

NIF

Matrícula Artículo Infringido Importe Euros Retirada Puntos

MU 2025 89 52590210 4 B19879261 8141MFY 146 RGC

200,00

4

València, 26 de mayo de 2025.- El Secretario, José Antonio Martínez Beltrán.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-N-2025-49973bcdd15bea7ec3677402d0dbb4149b6c52f9
Verificable en https://www.boe.es

Transcurridos 20 días naturales desde la publicación del presente Edicto, el acto se
entenderá por notificado, dándose por cumplido el trámite