Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Toledo. (BOE-N-2025-389458)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE QUINTANAR DE LA ORDEN. Anuncio de notificación de 26 de mayo de 2025 en procedimiento Edicto inmatriculación finca 9227 de Quero.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129

Jueves 29 de mayo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

NOTARÍAS Y REGISTROS DE LA
PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
REGISTROS DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
TOLEDO
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE QUINTANAR DE LA ORDEN. Anuncio de
notificación de 26 de mayo de 2025 en procedimiento Edicto inmatriculación finca 9227
de Quero.
ID: N2500390122

Edicto inmatriculación finca 9227 de Quero
EDICTO
Alfredo Delgado García, Registrador de la Propiedad de Quintanar de la Orden, en
cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 205 de la Ley Hipotecaria, CERTIFICA Y
HACE CONSTAR, para general conocimiento:
Que con fecha de hoy, se ha inmatriculado en este Registro de la Propiedad,
conforme al artículo 205 de la Ley Hipotecaria, la siguiente finca:

INSCRIPCIÓN REGISTRAL: Inscrita al folio electrónico del CRU: 45009001508396,
inscripción 1ª de la finca número 9227 DE QUERO.
- Persona a cuyo favor se ha inscrito el dominio: Don JOSE ALVAREZ GONZALEZ.
- Título de propiedad: Escritura de herencia de Doña María del Pilar Gil Cabañas,
otorgada el dieciocho de diciembre del año dos mil veinticuatro ante el Notario de
MADRID Don Alejandro Ruiz-Ayucar Seifert, Nº de protocolo 7224, quién a su vez la
adquirió por titulo de herencia de su madre Doña Aureliana Cabañas Ayuso, en escritura
otorgada el día siete de abril de dos mil veintidós, ante el Notario de Tres Cantos, Don
David del Arco Ramos, número 1172 de protocolo.
Todo lo cual se publica mediante el presente edicto en cumplimiento de lo dispuesto
en el citado artículo 205 de la Ley Hipotecaria, advirtiendo que, conforme al artículo 1 de
la misma ley, los asientos del Registro están bajo la salvaguardia de los Tribunales y
producen todos sus efectos mientras no se declare su inexactitud en los términos
establecidos en esta Ley, y que, conforme al artículo 207 de la misma ley, los efectos
protectores dispensados por el artículo 34 de esta Ley no se producirán hasta
transcurridos dos años desde la fecha de la inmatriculación.

cve: BOE-N-2025-2c4756e1bfb2e76266151b61af3194991649bbd3
Verificable en https://www.boe.es

DESCRIPCIÓN REGISTRAL: URBANA.- PARCELA de suelo sin edificar en la calle
Salero Real, número 5, en término de QUERO, con una superficie de cincuenta y cuatro
metros cuadrados, que linda: Al frente, con la calle Salero Real; a la derecha entrando y
al fondo, con la finca de la calle Salero Real, número 7; y a la izquierda, en parte, con la
finca citada de la calle Salero Real, número 7 y con la finca de la calle Salero Real
número 3. Referencia catastral 8836910VJ7783N0001XL. CRU:45009001508396