Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Murcia. (BOE-N-2025-389263)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE MULA. Anuncio de notificación de 26 de mayo de 2025 en procedimiento Notificación colindantes parcela 48 del polígono 19 de Bullas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 29 de mayo de 2025

Supl. N. Pág. 2

que pretende inscribirse, invade o no dicho dominio público, advirtiendo que si no existe
pronunciamiento en el plazo de un mes se entenderá por desistido su derecho de
oponerse practicándose la inscripción de la base gráfica dicha, -Por analogía con lo
dispuesto en los artículos 203 y 205 de la ley hipotecaria de conformidad con la doctrina
de la DGSJFP-.
Transcurrido dicho plazo sin haberse recibido contestación por su parte, se
entenderá que no existe oposición a la inscripción de la base gráfica solicitada por
silencio administrativo, procediéndose a dicha inscripción, salvo que este Registrador
conservare dudas fundas de la posible invasión del dominio público.
ANTONIO MERCADER COTANDA Y MARIA
30012A019000490000MZ (registral 14141 de Bullas)

PILAR

QUESADA

GIL:

ISABEL
CORBALAN
LOPEZ
Y
JULIAN
FERNANDEZ
VALERA:
30012A019000460000MJ y 30012A019000500000ME y fincas 6470, 6467 y 6466 de
Bullas
ANTONIO MARIA MOYA FERNANDEZ: 30012A019000530000MU (registral 14142
de Bullas)
MAUNA HERNANDEZ NICOLAS Y ELISABET
30012A019000520000MZ y 30012A019000510000MS

RODRIGUEZ

HUESCAR:

FRANCISCO ABELLAN FERNANDEZ: 30012A019000540000MH
AMPARO PRIETO BELTRÁN: 30012A019000470000ME (registral 13462 de Bullas)
3.- Que la inscripción gráfica y coordinación con el catastro consiste en inscribir en el
Registro el listado de coordenadas que delimitan la parcela catastral colindante, lo cual
llevará consigo necesariamente la rectificación de la superficie que figure en Registro de
dicha finca colindante para adecuarla a la superficie gráfica catastral.
4.- Pero lo anterior debe entenderse en el sentido de que la inscripción gráfica y
rectificación de superficie de la finca colindante no supone modificación o rectificación de
la delimitación gráfica y superficie de su parcela catastral ni de los datos descriptivos que
consten en la inscripción de su finca en el Registro.
5.- Que no obstante lo anterior, el artículo 199 citado de la Ley Hipotecaria establece
la necesidad de notificar dicha circunstancia a los colindantes, para que en el caso de
considerar que la delimitación catastral no se corresponde con la realidad física de las
fincas, puedan efectuar las alegaciones oportunas en el plazo de 20 días hábiles
contados desde el siguiente al que reciba usted la presente notificación.
6.- Conforme al precepto legal citado, caso de que quiera efectuar las alegaciones
que a su derecho convenga, podrá realizarlas en el plazo de los veinte días siguientes a
la recepción de la presente notificación, compareciendo personalmente en el Registro, o
también puede usted remitir sus alegaciones por escrito con firma legitimada,
notarialmente. Caso de actuar en representación de personas jurídicas u otras personas
físicas deberá acreditarse dicha representación. Todo lo anterior, a la siguiente dirección:
Registro de la Propiedad de Mula, C/ Diario la Verdad, nº1. 30.170 Mula -Murcia-.
FINCA COLINDANTE CUYA GRÁFICA ES OBJETO DE INSCRIPCIÓN.
DESCRIPCION REGISTRAL QUE SE PRETENDE INSCRIBIR:
RUSTICA: Tierra labor o labradío secano, situada en el término municipal de Bullas,
paraje Porgugalés, que es la parcela 48 del polígono 19, que linda: NOrte, parcela 9002
del polígono 19 camino Jabonero del Ayuntamiento de Bulla; ESte, parcela 47 del
polígono 19 de Amparo Prieto Beltrán y parcela 46 del polígono 19 de Antonio Mercader
Cotanda, parcela 50 del polígono 19 de Isabel Corbalán López y Parcela 51 del polígono
19 de Emilia Sánchez López, y Oeste, parcela 52 del polígono 19 de Arturo Alacid

cve: BOE-N-2025-86c92f9ec5c391a404226ce7d069d5ef9999d06b
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Núm. 129