Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Murcia. (BOE-N-2025-389244)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE CIEZA 2 . Anuncio de notificación de 26 de mayo de 2025 en procedimiento Inmatriculación finca 19.567 de Fortuna (Murcia) titular colindante en investigación.
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129

Jueves 29 de mayo de 2025

Supl. N. Pág. 2

Adquirió la finca por adjudicación en extinción de condominio con doña Antonia
López Sánchez, doña Francisca, don Juan, don Fernando, don Diego, don Francisco y
doña Isabel Rico López en virtud, de la escritura autorizada por el Notario Doña María
del Carmen Prieto Escudero, en Abanilla el veintisiete de diciembre del año dos mil
veinticuatro, protocolo 1239/2024, quienes, a su vez, la adquirieron por herencia de don
Antonio Rico Bernal en escritura otorgada en Alcantarilla el día quince de abril de dos mil
veintitrés ante el notario don Carlos de Andrés-Vázquez Martínez número mil ciento
setenta y tres de su protocolo, adicionada mediante escritura otorgada en Abanilla el día
veintisiete de diciembre de dos mil veinticuatro ante la notaria doña María del Carmen
Prieto Escudero número mil doscientos treinta y ocho de su protocolo.
Todo lo cual se le notifica en cumplimiento de lo dispuesto en el citado artículo 205
de la Ley Hipotecaria, haciéndole saber que, conforme al artículo 1 de la misma Ley, los
asientos del Registro practicados están bajo la salvaguardia de los Tribunales y
producirán los efectos previstos en la Ley Hipotecaria y que, conforme al artículo 207 de
la misma ley, los efectos protectores dispensados por el artículo 34 de esta Ley no se
producirán hasta transcurridos dos años desde la fecha de la inmatriculación.
Se ADVIERTE que esta comunicación no tiene por objeto conceder un plazo de
alegaciones ante el Registrador previo a la inmatriculación, sino que, por haberse ésta ya
practicado, sólo cabe su impugnación judicial, y que la inscripción practicada se realiza
sin perjuicio de tercero hasta transcurridos dos años desde su fecha, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 207 de la Ley Hipotecaria.

cve: BOE-N-2025-6ae452408f78cc914f9d27579b71312d3a937c5a
Verificable en https://www.boe.es

Cieza, 26 de mayo de 2025.- El/La Registrador/a, María Martínez Castaño

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X