Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Pontevedra. (BOE-N-2025-389315)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE CALDAS DE REIS. Anuncio de notificación de 26 de mayo de 2025.
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129

Jueves 29 de mayo de 2025

Supl. N. Pág. 2

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.b párrafo séptimo de la Ley
Hipotecaria, una vez inscrita al representación gráfica georreferenciada de la finca, su
cabida será la resultante de dicha representación.
Conforme al artículo 199 de la L.H., el registrador notificará a los titulares de parcelas
colindantes a quienes pueda afectar esta inscripción para que puedan hacer las
alegaciones oportunas, si estiman que se produce invasión de su parcela catastral. Para
ello, puede usted comprobar en el siguiente enlace que la representación gráfica de la
finca cuya inscripción se solicita es correcta y no perjudica la situación física de su finca.
https://geoportal.registradores.org/geoportal/idtramite/ID36001200002998
Igualmente podrá consultar la representación gráfica alternativa de la finca,
resultante de las operaciones indicadas, en la sede electrónica de catastro descargando
el Informe de Validación Gráfica Frente a Parcelario Catastral con CSV:
29NBVEKSBYBEZBAT.
Si quiere realizar cualquier alegación, en el plazo de 20 días hábiles, desde la
recepción de la presente, podrá comparecer ante este Registro de la Propiedad,
acreditando la titularidad de su derecho y los documentos que la fundamenten. La mera
oposición injustificada puede ser considerada insuficiente por el registrador para
paralizar el expediente, según el citado artículo 199.

cve: BOE-N-2025-ba979ce4cf5496c2117a56b164261c82631a6284
Verificable en https://www.boe.es

Caldas de Reis, 26 de mayo de 2025.- El/La Registrador/a, Sara Rodríguez Vega

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X