Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Burgos. (BOE-N-2025-388837)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE BURGOS 2. Anuncio de notificación de 26 de mayo de 2025 en procedimiento inmatriculación finca registral número 4561 de Villalbilla de Burgos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129
Jueves 29 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 2
a su vez la adquirió por herencia de doña Paulina Franco Martínez y don Teodoro Bernal
Tobar, en virtud de escritura autorizada por el notario de Burgos don Carlos Remacha
Tejada el 13 de abril de 2007, número 371 de protocolo.
El asiento se ha practicado conforme al artículo 205 de la Ley Hipotecaria,
advirtiendo que, conforme al artículo 1 de la misma Ley, los asientos del Registro están
bajo la salvaguardia de los Tribunales y producen todos sus efectos mientras no se
declare su inexactitud en los términos establecidos en esta Ley, y que, conforme al
artículo 207 de la misma ley, los efectos protectores dispensados por el artículo 34 de
esta Ley no se producirán hasta transcurridos dos años desde la fecha de la
inmatriculación. Por la presente, he ordenado la publicación del edicto y se utiliza el
servicio en línea para creación de alertas específicas a que refiere la regla séptima del
apartado 1 del artículo 203 de la Ley Hipotecaria.-
cve: BOE-N-2025-98f391f31c0d48aa356617e589794dd22c716405
Verificable en https://www.boe.es
Burgos, 26 de mayo de 2025.- El/La Registrador/a, Fernando González López
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 129
Jueves 29 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 2
a su vez la adquirió por herencia de doña Paulina Franco Martínez y don Teodoro Bernal
Tobar, en virtud de escritura autorizada por el notario de Burgos don Carlos Remacha
Tejada el 13 de abril de 2007, número 371 de protocolo.
El asiento se ha practicado conforme al artículo 205 de la Ley Hipotecaria,
advirtiendo que, conforme al artículo 1 de la misma Ley, los asientos del Registro están
bajo la salvaguardia de los Tribunales y producen todos sus efectos mientras no se
declare su inexactitud en los términos establecidos en esta Ley, y que, conforme al
artículo 207 de la misma ley, los efectos protectores dispensados por el artículo 34 de
esta Ley no se producirán hasta transcurridos dos años desde la fecha de la
inmatriculación. Por la presente, he ordenado la publicación del edicto y se utiliza el
servicio en línea para creación de alertas específicas a que refiere la regla séptima del
apartado 1 del artículo 203 de la Ley Hipotecaria.-
cve: BOE-N-2025-98f391f31c0d48aa356617e589794dd22c716405
Verificable en https://www.boe.es
Burgos, 26 de mayo de 2025.- El/La Registrador/a, Fernando González López
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X