Comunidades Y Ciudades Autónomas. Comunidad Autónoma De Cataluña. Departamento De Derechos Sociales E Inclusión. (BOE-N-2025-387133)
DIRECCIÓN GENERAL DE PROVISIÓN DE SERVICIOS. Anuncio de notificación de 19 de mayo de 2025 en procedimiento de impagos del copago de las personas usuarias de la Red de servicios sociales de atención pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 29 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 2
las personas interesadas pueden interponer un recurso de alzada ante la Dirección
General de Provisión de Servicios, en el plazo de un mes a contar des del día siguiente
de la publicación de este anuncio, según lo que disponen el artículo 76 de la Ley
26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones
públicas, y los artículos 121 i 22 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento
administrativo común de las administraciones públicas, o cualquier otro recurso que
estimen procedente.
En tercer lugar, se notifican las resoluciones de liquidación de deudas impagadas, en
relación a la obligación de copago de les personas usuarias de la Red de servicios
sociales de atención pública, a las personas interesadas que sean titulares de los
expedientes que se detallan en el Anexo 3 de este anuncio. Estas resoluciones no
agotan la vía administrativa y, en contra, las personas interesadas pueden interponer
recurso de alzada ante la Dirección General de Provisión de Servicios, en el plazo de un
mes a contar des del día siguiente de la publicación de este anuncio, según lo que
disponen el artículo 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de
procedimiento de las administraciones públicas, y los artículos 121 i 22 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las
administraciones públicas, o cualquier otro recurso que estimen procedente.
En cuarto lugar, se notifican las resoluciones de recursos de alzada a las personas
interesadas que sean titulares de los expedientes que se detallan en el Anexo 4 de este
anuncio, relativos a los procedimientos de liquidación por impago de la obligación de
copago de las personas usuarias de la Red de servicios sociales de atención pública.
Estas resoluciones agotan la vía administrativa y, en contra, las personas interesadas
pueden interponer un recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de
Justicia de Cataluña, de conformidad con lo que disponen los artículos 8 y 10 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, o
cualquier otro recurso que se considere oportuno. El plazo de interposición es de dos
meses a contar des del día siguiente a la notificación de la resolución, de acuerdo con lo
que dispone el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.
En quinto lugar, se notifican las resoluciones de revocación de actos administrativos
a las persones interesadas que sean titulares de los expedientes que se detallan en el
Anexo 5 de este anuncio, relativos a la obligación de copago de las personas usuarias
de la Red de servicios sociales de atención pública. Estas resoluciones no agotan la vía
administrativa y, en contra, las personas interesadas pueden interponer un recurso de
alzada ante la Dirección General de Provisión de Servicios en el plazo de un mes a
contar des del día siguiente de la publicación de este anuncio, según lo que disponen el
artículo 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, y los artículos 121 i 22 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, o cualquier otro que estimen procedente.
Barcelona, 19 de mayo de 2025.- Montserrat Tomàs i Pelegrina, Jefa del Servicio de
Recursos Ajenos en funciones, Dirección General de Provisión de Servicios
cve: BOE-N-2025-8eb0b8ba7be6ca50527bddfbcdc551a970e261aa
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 129
Jueves 29 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 2
las personas interesadas pueden interponer un recurso de alzada ante la Dirección
General de Provisión de Servicios, en el plazo de un mes a contar des del día siguiente
de la publicación de este anuncio, según lo que disponen el artículo 76 de la Ley
26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones
públicas, y los artículos 121 i 22 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento
administrativo común de las administraciones públicas, o cualquier otro recurso que
estimen procedente.
En tercer lugar, se notifican las resoluciones de liquidación de deudas impagadas, en
relación a la obligación de copago de les personas usuarias de la Red de servicios
sociales de atención pública, a las personas interesadas que sean titulares de los
expedientes que se detallan en el Anexo 3 de este anuncio. Estas resoluciones no
agotan la vía administrativa y, en contra, las personas interesadas pueden interponer
recurso de alzada ante la Dirección General de Provisión de Servicios, en el plazo de un
mes a contar des del día siguiente de la publicación de este anuncio, según lo que
disponen el artículo 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de
procedimiento de las administraciones públicas, y los artículos 121 i 22 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las
administraciones públicas, o cualquier otro recurso que estimen procedente.
En cuarto lugar, se notifican las resoluciones de recursos de alzada a las personas
interesadas que sean titulares de los expedientes que se detallan en el Anexo 4 de este
anuncio, relativos a los procedimientos de liquidación por impago de la obligación de
copago de las personas usuarias de la Red de servicios sociales de atención pública.
Estas resoluciones agotan la vía administrativa y, en contra, las personas interesadas
pueden interponer un recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de
Justicia de Cataluña, de conformidad con lo que disponen los artículos 8 y 10 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, o
cualquier otro recurso que se considere oportuno. El plazo de interposición es de dos
meses a contar des del día siguiente a la notificación de la resolución, de acuerdo con lo
que dispone el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.
En quinto lugar, se notifican las resoluciones de revocación de actos administrativos
a las persones interesadas que sean titulares de los expedientes que se detallan en el
Anexo 5 de este anuncio, relativos a la obligación de copago de las personas usuarias
de la Red de servicios sociales de atención pública. Estas resoluciones no agotan la vía
administrativa y, en contra, las personas interesadas pueden interponer un recurso de
alzada ante la Dirección General de Provisión de Servicios en el plazo de un mes a
contar des del día siguiente de la publicación de este anuncio, según lo que disponen el
artículo 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, y los artículos 121 i 22 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, o cualquier otro que estimen procedente.
Barcelona, 19 de mayo de 2025.- Montserrat Tomàs i Pelegrina, Jefa del Servicio de
Recursos Ajenos en funciones, Dirección General de Provisión de Servicios
cve: BOE-N-2025-8eb0b8ba7be6ca50527bddfbcdc551a970e261aa
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 129