Administración Local. Almería. Ayuntamiento De Huércal-overa. (BOE-N-2025-387501)
Anuncio de notificación de 27 de mayo de 2025 en procedimiento sancionador.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 29 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ALMERÍA
AYUNTAMIENTO DE HUÉRCAL-OVERA
Anuncio de notificación de 27 de mayo de 2025 en procedimiento sancionador.
ID: N2500392021
D. Domingo Fernández Zurano, Alcalde del Ayuntamiento de Huércal-Overa, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace pública
notificación la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican, a las personas
o entidades que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la
notificación, esta no se ha podido practicar (interesado desconocido, ignorancia del lugar
o medio de la notificación o intento infructuoso de notificación).
Los correspondientes expedientes obran en el Negociado de Sanciones de la
Jefatura de la Policía Local de Huércal-Overa, a disposición de los interesados ante el
cual les asiste el derecho de personarse y alegar por escrito lo que en su defensa
estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consideren
oportunas, dentro del plazo de veinte días naturales desde su publicación (Art. 91 LSV),
contados desde el día siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Oficial del
Estado.
Requerimiento al Titular: se ha formulado contra el conductor del vehículo del que
ústed aparece como titular denuncia por infracción de la normativa de tráfico y seguridad
vial que figura en la presente notificación, por la que se le hace saber que dispone de un
plazo de quince días hábiles, a partir del siguiente a la publicación del presente, para que
comunique por escrito a este Ayuntamiento el nombre, N.I.F. y domicilio del citado
conductor, Advirtiéndole que si incumpliere esta obligación será sancionado
pecuniariamente como autor de falta muy grave con una multa cuyo importe será el
doble del original para leves, y el triple del original para graves y muy graves. Las
empresas de alquiler sin conductor acreditarán el cumplimiento de la obligación legal de
identificar al conductor responsable de la infracción, mediante la remisión de un
duplicado o copia del contrato de arrendamiento donde quede acreditado el concepto de
conductor de la persona que figure en el contrato. En el caso de ser el conductor del
vehículo, igualmente tiene obligación de comunicar por escrito esta circunstancia (salvo
que efectúe el pago de la misma), en cuyo caso se le notifica la denuncia por el presente
escrito y en los términos siguientes:
Iniciación: mediante denuncia formulada por el agente de la autoridad (Art. 86 RDL
6/2015, de 30 de Octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre
Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (LSV)).
Autoridad Sancionadora: el Sr./Sra Alcalde/sa del Ayuntamiento de HuércalOvera(Art. 71.4 LSV).
Instructor: D.Cristobal Artero Uribe (Por delegación).
Organo instructor: el designado mediante resolución de Alcaldía de fecha 30-09-2015
Alegaciones: podrán formularse en el plazo de veinte días naturales, con aportación
o proposición de las pruebas que estime oportunas. (Art. 87 del RDL 6/2015, de 30 de
cve: BOE-N-2025-e240f26dcd9991c776517104cbe559eb8e823973
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 129
Jueves 29 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ALMERÍA
AYUNTAMIENTO DE HUÉRCAL-OVERA
Anuncio de notificación de 27 de mayo de 2025 en procedimiento sancionador.
ID: N2500392021
D. Domingo Fernández Zurano, Alcalde del Ayuntamiento de Huércal-Overa, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace pública
notificación la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican, a las personas
o entidades que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la
notificación, esta no se ha podido practicar (interesado desconocido, ignorancia del lugar
o medio de la notificación o intento infructuoso de notificación).
Los correspondientes expedientes obran en el Negociado de Sanciones de la
Jefatura de la Policía Local de Huércal-Overa, a disposición de los interesados ante el
cual les asiste el derecho de personarse y alegar por escrito lo que en su defensa
estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consideren
oportunas, dentro del plazo de veinte días naturales desde su publicación (Art. 91 LSV),
contados desde el día siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Oficial del
Estado.
Requerimiento al Titular: se ha formulado contra el conductor del vehículo del que
ústed aparece como titular denuncia por infracción de la normativa de tráfico y seguridad
vial que figura en la presente notificación, por la que se le hace saber que dispone de un
plazo de quince días hábiles, a partir del siguiente a la publicación del presente, para que
comunique por escrito a este Ayuntamiento el nombre, N.I.F. y domicilio del citado
conductor, Advirtiéndole que si incumpliere esta obligación será sancionado
pecuniariamente como autor de falta muy grave con una multa cuyo importe será el
doble del original para leves, y el triple del original para graves y muy graves. Las
empresas de alquiler sin conductor acreditarán el cumplimiento de la obligación legal de
identificar al conductor responsable de la infracción, mediante la remisión de un
duplicado o copia del contrato de arrendamiento donde quede acreditado el concepto de
conductor de la persona que figure en el contrato. En el caso de ser el conductor del
vehículo, igualmente tiene obligación de comunicar por escrito esta circunstancia (salvo
que efectúe el pago de la misma), en cuyo caso se le notifica la denuncia por el presente
escrito y en los términos siguientes:
Iniciación: mediante denuncia formulada por el agente de la autoridad (Art. 86 RDL
6/2015, de 30 de Octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre
Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (LSV)).
Autoridad Sancionadora: el Sr./Sra Alcalde/sa del Ayuntamiento de HuércalOvera(Art. 71.4 LSV).
Instructor: D.Cristobal Artero Uribe (Por delegación).
Organo instructor: el designado mediante resolución de Alcaldía de fecha 30-09-2015
Alegaciones: podrán formularse en el plazo de veinte días naturales, con aportación
o proposición de las pruebas que estime oportunas. (Art. 87 del RDL 6/2015, de 30 de
cve: BOE-N-2025-e240f26dcd9991c776517104cbe559eb8e823973
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Núm. 129