Administración Local. Santa Cruz De Tenerife. Ayuntamiento De Arona. (BOE-N-2025-388292)
Anuncio de notificación de 27 de mayo de 2025 en procedimiento Expediente 68/2024/Pr725.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 29 de mayo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
SANTA CRUZ DE TENERIFE
AYUNTAMIENTO DE ARONA
Anuncio de notificación de 27 de mayo de 2025 en procedimiento Expediente
68/2024/Pr725.
ID: N2500392413

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y habiéndose
intentado notificación de la resolución de fecha 16/04/2025 con registro de salida
2025034338, sin que hay sido posible practicarla por causas no imputables a este
Ayuntamiento, se procede a la publicación de la misma para que sirva de notificación en
forma a MARIANNA VIOLA, mediante el presente anuncio, y cuyo tenor literal es el
siguiente:
“Vista la solicitud presentada por MARIANNA VIOLA, con NIF/CIF nº ES****7083*,
con domicilio a efectos de notificación en Calle Otero, 41 Edificio Covadonga II P.2
Pta.12; solicitando la inscripción en el Censo Municipal de Animales de Compañía y
Registro de Animales Potencialmente Peligrosos de Arona, con base en los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
I.- Con fecha 5 de julio de 2024, mediante R.E. nº 2024040965, MARIANNA VIOLA,
con NIF/CIF nº ES****7083*, presenta solicitud para la inscripción en el Censo Municipal
de Animales de Compañía y Registro de Animales Potencialmente Peligrosos de Arona
(Modelo 725), habiéndole correspondido el expediente número 66/2024/PR725.
II.- Con fecha 18 de julio de 2024, en atención al artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
en adelante LPAC, se le notifica a la persona interesada aportar en el Registro General
Electrónico del Ayuntamiento de Arona, mediante el trámite Aportación de
Documentación Requerida, o mediante algunos de los sistemas previstos en el artículo
16.4 de la LPAC, documentación necesaria para la tramitación del procedimiento,
concediéndole un plazo de 10 días siguientes a la recepción de la notificación para
presentar la siguiente documentación:
“Documento acreditativo de la identidad (NIE)”.
III. - Transcurrido el plazo otorgado, la persona interesada no ha presentado la
documentación requerida, ni ha solicitado prórroga o justificado la imposibilidad de
hacerlo, incumpliendo con ello al requerimiento.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I.–De conformidad con el artículo 21.1 de la LPAC, la cual dispone que, la
Administración está obligada a dictar resolución expresa y a notificarla en todos los
procedimientos cualquiera que sea su forma de iniciación. En los casos de prescripción,
renuncia del derecho, caducidad del procedimiento o desistimiento de la solicitud, así
como la desaparición de las circunstancias que concurra en cada caso, con indicación de
los hechos producidos y las circunstancia que concurran en cada caso, con indicación de
los hechos producidos y las normas aplicables, (…) 2. El plazo máximo en que debe

cve: BOE-N-2025-b9b036b11aa6e9d6e91d374ef66845b7b6ec2f91
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Núm. 129