Administración Local. Almería. Ayuntamiento De Ejido, El. (BOE-N-2025-387497)
Anuncio de notificación de 26 de mayo de 2025 en procedimientos sancionadores por incumplimiento de la Ordenanza Municipal reguladora de la Convivencia Ciudadana y Prevención de Actos Incívicos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129

Jueves 29 de mayo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
ALMERÍA
AYUNTAMIENTO DE EJIDO, EL
Anuncio de notificación de 26 de mayo de 2025 en procedimientos sancionadores por
incumplimiento de la Ordenanza Municipal reguladora de la Convivencia Ciudadana y
Prevención de Actos Incívicos.
ID: N2500389763

D. José Francisco Rivera Callejón, Concejal Delegado de Régimen Interior y
Personal del Excmo. Ayuntamiento de El Ejido (Almería), de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, después de intentada la
notificación, de acuerdo con lo previsto en el articulo 42 de la citada Ley 39/2015, de 1
de octubre, en el ultimo domicilio conocido, y no habiéndose podido practicar por causa
no imputable a la Administración, por medio del presente anuncio, se emplaza a la
personas interesadas para proceder a la notificación de los actos administrativos citados
en la relación que se detalla.
Para conocer el contenido integro del acto que se notifica, conforme a lo dispuesto
en el articulo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la persona interesada podrá
comparecer, en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a esta
publicación, en la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de El Ejido, sito en calle
Cervantes, número 132, El Ejido (Almería) en horario de 09:00 a 14:00 horas.

Contra este acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, se podrá interponer con
carácter potestativo, conforme al art. 123 de Ley 39/2015 del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, recurso de reposición ante el
mismo órgano que la hubiera dictado, en el plazo de un mes, o ser impugnado
directamente en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo ante el Juzgado
Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente
al de la presente notificación (arts. 8 y 46.1 de la Ley 29/98 de 13 de Julio, de la
jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Que conforme al artículo 77 de la Ordenanza Reguladora de la Convivencia
Ciudadana y de Prevención de Actos Incívicos publicada en B.O.P. nº 232, de fecha
02/12/2008 determina que el órgano competente para incoar y resolver el procedimiento
sancionador es la Alcaldía, y en su caso, el Concejal Delegado cuyo ámbito material de
delegación se extienda a la normativa vulnerada y de conformidad con Decreto de
Alcaldía de fecha 17 de junio de 2023 (publicado en el BOP nº 128, de fecha
06/07/2023).
Relación de procedimientos
Expediente: 27/2025
Persona interesada. DNI/NIF/ NIE/pasaporte: 25711722E

cve: BOE-N-2025-465b11a9c30f2448ebd3b23feb9a0a5d9cfc044d
Verificable en https://www.boe.es

Con la presente publicación, se dará por notificada dicha Resolución y ésta, que
pone fin a la vía administrativa, será inmediatamente ejecutiva, de conformidad con el
artículo 90.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.