Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Montgat. (BOE-N-2025-387602)
Anuncio de notificación de 26 de mayo de 2025 en procedimiento de resolución de expediente de inscripción en el padrón de habitantes 2675-1342/2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129
Jueves 29 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE MONTGAT
Anuncio de notificación de 26 de mayo de 2025 en procedimiento de resolución de
expediente de inscripción en el padrón de habitantes 2675-1342/2025.
ID: N2500391157
De conformidad con lo establecido en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de
Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
siendo desconocido el domicilio de la persona interesada, se procede a la publicación de
la parte dispositiva de la resolución de la Alcaldía, número DEC-0690-2025, de fecha 31
de marzo de 2025, expediente 2675-1342/2025, cuyos antecedentes de hecho y
fundamentos jurídicos están a disposición de las personas interesadas en la Oficina de
atención ciudadana (OAC) del Ayuntamiento de Montgat, calle Francesc Moragas, s/n de
Montgat.
1.º- Desestimar la solicitud de inscripción al Padrón Municipal de Habitantes de la
persona que a continuación se relaciona dado que no se ha podido comprobar su
residencia en el municipio.
- Z0153203M
2.º- Notificar a la persona interesada mediante publicación en el Boletín Oficial del
Estado (BOE), dado que se desconoce su domicilio, según se establece en el artículo 44
de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
No obstante, puede interponerse cualquier otro recurso o instar cualquier
procedimiento que considere procedente.
Montgat, 26 de mayo de 2025.- el alcalde, Andreu Absil Solà
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-ac217a35cab3ef8d5c011ff37564fb215a5641f0
Verificable en https://www.boe.es
Contra este acto administrativo de trámite, que no es definitivo en vía administrativa,
no procede la interposición de recurso, de conformidad con el artículo 112 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las
Administraciones públicas, dado que se mantiene su derecho a presentar alegaciones y
la posibilidad de impugnación del acto administrativo definitivo que se adopte en su día.
Núm. 129
Jueves 29 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE MONTGAT
Anuncio de notificación de 26 de mayo de 2025 en procedimiento de resolución de
expediente de inscripción en el padrón de habitantes 2675-1342/2025.
ID: N2500391157
De conformidad con lo establecido en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de
Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
siendo desconocido el domicilio de la persona interesada, se procede a la publicación de
la parte dispositiva de la resolución de la Alcaldía, número DEC-0690-2025, de fecha 31
de marzo de 2025, expediente 2675-1342/2025, cuyos antecedentes de hecho y
fundamentos jurídicos están a disposición de las personas interesadas en la Oficina de
atención ciudadana (OAC) del Ayuntamiento de Montgat, calle Francesc Moragas, s/n de
Montgat.
1.º- Desestimar la solicitud de inscripción al Padrón Municipal de Habitantes de la
persona que a continuación se relaciona dado que no se ha podido comprobar su
residencia en el municipio.
- Z0153203M
2.º- Notificar a la persona interesada mediante publicación en el Boletín Oficial del
Estado (BOE), dado que se desconoce su domicilio, según se establece en el artículo 44
de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
No obstante, puede interponerse cualquier otro recurso o instar cualquier
procedimiento que considere procedente.
Montgat, 26 de mayo de 2025.- el alcalde, Andreu Absil Solà
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-ac217a35cab3ef8d5c011ff37564fb215a5641f0
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Contra este acto administrativo de trámite, que no es definitivo en vía administrativa,
no procede la interposición de recurso, de conformidad con el artículo 112 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las
Administraciones públicas, dado que se mantiene su derecho a presentar alegaciones y
la posibilidad de impugnación del acto administrativo definitivo que se adopte en su día.