Administración Local. Bizkaia. Ayuntamiento De Urduliz. (BOE-N-2025-387682)
Anuncio de notificación de 22 de mayo de 2025 en procedimiento Baja por Caducidad en el Padrón de Habitantes.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129
Jueves 29 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BIZKAIA
AYUNTAMIENTO DE URDULIZ
Anuncio de notificación de 22 de mayo de 2025 en procedimiento Baja por Caducidad en
el Padrón de Habitantes.
ID: N2500382003
El artículo 16.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Local, modificado por la Ley Orgánica 14/2003, Art. 3.º de 20 de noviembre, dispone la
renovación cada dos años de las inscripciones en el Padrón Municipal de Habitantes de
las personas extranjeras de origen no comunitario sin autorización de residencia
permanente, y la caducidad de dichas inscripciones en caso de no llevarse a cabo tal
renovación.
Conforme a la Resolución de 29 de abril de 2020 de la Presidencia del Instituto
Nacional de Estadística y de la Dirección General de Coordinación de Competencias con
las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, por la que se dictan instrucciones
técnicas a los Ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar dicha caducidad, el
Instituto Nacional de Estadística ha comunicado al Ayuntamiento la relación de personas
extranjeras de origen no comunitario que no disponen de autorización de residencia
permanente.
Estas personas han sido debidamente notificadas informándoles de que en el caso
de no renovar su inscripción padronal en el plazo indicado, serán dadas de baja de oficio
por no renovación.
A la vista de lo que antecede, examinada la documentación que la acompaña y de
conformidad con la misma en uso de las atribuciones que me están legalmente
conferidas en virtud del artículo 21.1 de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases de
Régimen Local, por medio de la presente, RESUELVO:
Primero.- Dar de baja por caducidad en el Padrón Municipal de Habitantes a las
personas extranjeras no comunitarias, sin autorización de residencia permanente, que no
han renovado su inscripción pasados los dos años de su empadronamiento,
relacionadas a continuación:
Nº de Documento de identificación Nº expediente Fecha renovación
MI1807951
2025-00508
2025/2/24
LH2854384
2025-00498
2025/2/24
UV2703254
2025-00509
2025/2/24
QW1383129
2025-00510
2025/2/24
GX5124267
2025-00507
2025/2/24
UD4236352
2025-00506
2025/2/24
cve: BOE-N-2025-0943cc1abeb1945e412ec86cdd7c72e420f93ef9
Verificable en https://www.boe.es
Finalizado el plazo se ha comprobado que las personas relacionadas a continuación,
no han renovado su inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes de este
Ayuntamiento, a pesar de haber transcurrido dos años desde su fecha de alta.
Núm. 129
Jueves 29 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BIZKAIA
AYUNTAMIENTO DE URDULIZ
Anuncio de notificación de 22 de mayo de 2025 en procedimiento Baja por Caducidad en
el Padrón de Habitantes.
ID: N2500382003
El artículo 16.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Local, modificado por la Ley Orgánica 14/2003, Art. 3.º de 20 de noviembre, dispone la
renovación cada dos años de las inscripciones en el Padrón Municipal de Habitantes de
las personas extranjeras de origen no comunitario sin autorización de residencia
permanente, y la caducidad de dichas inscripciones en caso de no llevarse a cabo tal
renovación.
Conforme a la Resolución de 29 de abril de 2020 de la Presidencia del Instituto
Nacional de Estadística y de la Dirección General de Coordinación de Competencias con
las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, por la que se dictan instrucciones
técnicas a los Ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar dicha caducidad, el
Instituto Nacional de Estadística ha comunicado al Ayuntamiento la relación de personas
extranjeras de origen no comunitario que no disponen de autorización de residencia
permanente.
Estas personas han sido debidamente notificadas informándoles de que en el caso
de no renovar su inscripción padronal en el plazo indicado, serán dadas de baja de oficio
por no renovación.
A la vista de lo que antecede, examinada la documentación que la acompaña y de
conformidad con la misma en uso de las atribuciones que me están legalmente
conferidas en virtud del artículo 21.1 de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases de
Régimen Local, por medio de la presente, RESUELVO:
Primero.- Dar de baja por caducidad en el Padrón Municipal de Habitantes a las
personas extranjeras no comunitarias, sin autorización de residencia permanente, que no
han renovado su inscripción pasados los dos años de su empadronamiento,
relacionadas a continuación:
Nº de Documento de identificación Nº expediente Fecha renovación
MI1807951
2025-00508
2025/2/24
LH2854384
2025-00498
2025/2/24
UV2703254
2025-00509
2025/2/24
QW1383129
2025-00510
2025/2/24
GX5124267
2025-00507
2025/2/24
UD4236352
2025-00506
2025/2/24
cve: BOE-N-2025-0943cc1abeb1945e412ec86cdd7c72e420f93ef9
Verificable en https://www.boe.es
Finalizado el plazo se ha comprobado que las personas relacionadas a continuación,
no han renovado su inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes de este
Ayuntamiento, a pesar de haber transcurrido dos años desde su fecha de alta.