Administración Local. Madrid. Ayuntamiento De Navalagamella. (BOE-N-2025-388100)
Anuncio de notificación de 20 de mayo de 2025 en procedimiento Notificación resolución de Tráfico.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 29 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
MADRID
AYUNTAMIENTO DE NAVALAGAMELLA
Anuncio de notificación de 20 de mayo de 2025 en procedimiento Notificación resolución
de Tráfico.
ID: N2500390687
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 (según redacción establecida
por la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras
medidas de reforma administrativa) y 40 y siguientes de la Ley 39/2015 de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace
pública notificación de las sanciones que les han sido impuestas por este Ayuntamiento
de Navalagamella en materia de Tráfico y Seguridad Vial a las personas abajo
referenciadas, ya que habiéndose intentado notificar individualmente en su último
domicilio conocido o en la Dirección Electrónica indicada, ésta no se ha podido practicar.
Se informa a los interesados que la presente Resolución de Alcaldía de imposición
de sanción, agota la vía administrativa, pudiéndose interponer frente a la misma con
carácter potestativo Recurso de Reposición ante el mismo órgano que la dictó en el
plazo de UN MES contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente
notificación. El escrito de interposición deberá ser remitido a la dirección del
Ayuntamiento de Navalagamella, Plaza de España, 1 Navalagamella 28212 (Madrid), o
presencialmente en el Registro General del Ayuntamiento o mediante cualquiera de los
registros u oficinas a que hace referencia el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo establecido para dictar y notificar la resolución del recurso será de un mes.
Transcurrido dicho plazo sin que se dicte resolución expresa del mismo, podrá
entenderse desestimado por silencio administrativo, por lo que, con independencia de la
obligación de resolver de la administración, quedará expedita la vía jurisdiccional ante los
Juzgados de lo Contencioso-Administrativo.
En el supuesto de no formularse dicho recurso potestativo de reposición, el plazo
para interponer directamente el Recurso Contencioso-Administrativo será de DOS
MESES a contar desde la recepción de esta resolución. Asimismo los interesados
podrán ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
El importe de la multa deberá hacerse efectivo en el plazo de UN MES, contado
apartir del siguiente al de la práctica de la notificación, mediante ingreso o transferencia
a la cuenta bancaria titularidad del Ayuntamiento de Navalagamella ES97 0049 4278
2821 1405 4142 BANCO SANTANDER indicando en el concepto número de expediente
y/o matrícula.
cve: BOE-N-2025-0cd45766e62298ff33095423f09f58672d02a00d
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 129
Jueves 29 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
MADRID
AYUNTAMIENTO DE NAVALAGAMELLA
Anuncio de notificación de 20 de mayo de 2025 en procedimiento Notificación resolución
de Tráfico.
ID: N2500390687
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 (según redacción establecida
por la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras
medidas de reforma administrativa) y 40 y siguientes de la Ley 39/2015 de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace
pública notificación de las sanciones que les han sido impuestas por este Ayuntamiento
de Navalagamella en materia de Tráfico y Seguridad Vial a las personas abajo
referenciadas, ya que habiéndose intentado notificar individualmente en su último
domicilio conocido o en la Dirección Electrónica indicada, ésta no se ha podido practicar.
Se informa a los interesados que la presente Resolución de Alcaldía de imposición
de sanción, agota la vía administrativa, pudiéndose interponer frente a la misma con
carácter potestativo Recurso de Reposición ante el mismo órgano que la dictó en el
plazo de UN MES contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente
notificación. El escrito de interposición deberá ser remitido a la dirección del
Ayuntamiento de Navalagamella, Plaza de España, 1 Navalagamella 28212 (Madrid), o
presencialmente en el Registro General del Ayuntamiento o mediante cualquiera de los
registros u oficinas a que hace referencia el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo establecido para dictar y notificar la resolución del recurso será de un mes.
Transcurrido dicho plazo sin que se dicte resolución expresa del mismo, podrá
entenderse desestimado por silencio administrativo, por lo que, con independencia de la
obligación de resolver de la administración, quedará expedita la vía jurisdiccional ante los
Juzgados de lo Contencioso-Administrativo.
En el supuesto de no formularse dicho recurso potestativo de reposición, el plazo
para interponer directamente el Recurso Contencioso-Administrativo será de DOS
MESES a contar desde la recepción de esta resolución. Asimismo los interesados
podrán ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
El importe de la multa deberá hacerse efectivo en el plazo de UN MES, contado
apartir del siguiente al de la práctica de la notificación, mediante ingreso o transferencia
a la cuenta bancaria titularidad del Ayuntamiento de Navalagamella ES97 0049 4278
2821 1405 4142 BANCO SANTANDER indicando en el concepto número de expediente
y/o matrícula.
cve: BOE-N-2025-0cd45766e62298ff33095423f09f58672d02a00d
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 129