Administración Local. A Coruña. Ayuntamiento De Carballo. (BOE-N-2025-387385)
ALCALDÍA. Anuncio de notificación de 26 de mayo de 2025 en procedimiento de ejecución subsidiaria de limpieza de solar en la calle Begoñas (ORD. 048/2025).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129
Jueves 29 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
A CORUÑA
AYUNTAMIENTO DE CARBALLO
ALCALDÍA. Anuncio de notificación de 26 de mayo de 2025 en procedimiento de
ejecución subsidiaria de limpieza de solar en la calle Begoñas (ORD. 048/2025).
ID: N2500391201
ANTECEDENTES
Primero.- El día 05/04/2025 la Policía Local elaboró un informe sobre la parcela con
referencia catastral 4546773NH2844N0001SW situada en la calle Begoñas, señalando
que se trata de un solar sin limpiar, con presencia de maleza.
Segundo.- El día 31/03/2025 se recabaron de la Dirección General del Catastro datos
sobre la titularidad de la parcela objeto de denuncia. Según la certificación catastral, la
parcela con referencia catastral 4546773NH2844N0001SW figura con titularidad en
investigación. La resolución de orden de ejecución de limpieza de la parcela se notificó
mediante publicación en el Boletín Oficial del Estado de 15/04/2025.
Tercero.- El día 20/05/2025 la Policía Local elaboró un nuevo informe sobre la
parcela con referencia catastral 4546773NH2844N0001SW, en el que se constata que el
solar sigue con presencia de maleza abundante.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
A esta parcela le son de aplicación los artículos 20 y 21 de la Ordenanza municipal
reguladora de la limpieza, salubridad e higiene en el término municipal de Carballo.
El artículo 21 recoge algunas de las obligaciones, concretamente, la de “mantener
las parcelas limpias y libres de residuos” (21.1), la de “mantener las parcelas libres de
animales peligrosos o de focos potencialmente infecciosos, y realizar las tareas
preventivas que sean necesarias” (21.2) o la de “evitar el crecimiento incontrolado de
maleza [...] así como controlar las plantaciones, aunque fuesen crecimientos
accidentales” (21.3).
El artículo 25 señala que “transcurrido el plazo concedido para dar cumplimiento a la
orden de ejecución, el sr. Alcalde, u órgano o persona en quien delegue, procederá a
ordenar la ejecución subsidiaria o la ejecución forzosa”.
El artículo 44 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del procedimiento administrativo
común de las administraciones públicas, establece que “cuando los interesados en un
procedimiento sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación o bien, cuando,
intentada esta, no se pudiese practicar, la notificación se hará por medio de un anuncio
publicado en el Boletín Oficial del Estado”.
cve: BOE-N-2025-38f00ad8bffa548f97f1754b000dc4b4611d29e4
Verificable en https://www.boe.es
El artículo 20 de la ordenanza señala que “los propietarios de los terrenos deberán
mantenerlos limpios, libres de restos y residuos y en las debidas condiciones de higiene,
salubridad, seguridad y ornato público. En defecto de estos, serán los que figuren como
titulares catastrales los responsables del cumplimiento de las obligaciones establecidas
en esta ordenanza”.
Núm. 129
Jueves 29 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
A CORUÑA
AYUNTAMIENTO DE CARBALLO
ALCALDÍA. Anuncio de notificación de 26 de mayo de 2025 en procedimiento de
ejecución subsidiaria de limpieza de solar en la calle Begoñas (ORD. 048/2025).
ID: N2500391201
ANTECEDENTES
Primero.- El día 05/04/2025 la Policía Local elaboró un informe sobre la parcela con
referencia catastral 4546773NH2844N0001SW situada en la calle Begoñas, señalando
que se trata de un solar sin limpiar, con presencia de maleza.
Segundo.- El día 31/03/2025 se recabaron de la Dirección General del Catastro datos
sobre la titularidad de la parcela objeto de denuncia. Según la certificación catastral, la
parcela con referencia catastral 4546773NH2844N0001SW figura con titularidad en
investigación. La resolución de orden de ejecución de limpieza de la parcela se notificó
mediante publicación en el Boletín Oficial del Estado de 15/04/2025.
Tercero.- El día 20/05/2025 la Policía Local elaboró un nuevo informe sobre la
parcela con referencia catastral 4546773NH2844N0001SW, en el que se constata que el
solar sigue con presencia de maleza abundante.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
A esta parcela le son de aplicación los artículos 20 y 21 de la Ordenanza municipal
reguladora de la limpieza, salubridad e higiene en el término municipal de Carballo.
El artículo 21 recoge algunas de las obligaciones, concretamente, la de “mantener
las parcelas limpias y libres de residuos” (21.1), la de “mantener las parcelas libres de
animales peligrosos o de focos potencialmente infecciosos, y realizar las tareas
preventivas que sean necesarias” (21.2) o la de “evitar el crecimiento incontrolado de
maleza [...] así como controlar las plantaciones, aunque fuesen crecimientos
accidentales” (21.3).
El artículo 25 señala que “transcurrido el plazo concedido para dar cumplimiento a la
orden de ejecución, el sr. Alcalde, u órgano o persona en quien delegue, procederá a
ordenar la ejecución subsidiaria o la ejecución forzosa”.
El artículo 44 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del procedimiento administrativo
común de las administraciones públicas, establece que “cuando los interesados en un
procedimiento sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación o bien, cuando,
intentada esta, no se pudiese practicar, la notificación se hará por medio de un anuncio
publicado en el Boletín Oficial del Estado”.
cve: BOE-N-2025-38f00ad8bffa548f97f1754b000dc4b4611d29e4
Verificable en https://www.boe.es
El artículo 20 de la ordenanza señala que “los propietarios de los terrenos deberán
mantenerlos limpios, libres de restos y residuos y en las debidas condiciones de higiene,
salubridad, seguridad y ornato público. En defecto de estos, serán los que figuren como
titulares catastrales los responsables del cumplimiento de las obligaciones establecidas
en esta ordenanza”.