Administración Local. Almería. Ayuntamiento De Pulpí. (BOE-N-2025-374325)
Anuncio de notificación de 19 de mayo de 2025 en procedimiento sancionador.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 125
Sábado 24 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ALMERÍA
AYUNTAMIENTO DE PULPÍ
Anuncio de notificación de 19 de mayo de 2025 en procedimiento sancionador.
ID: N2500370243
De conformidad con los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, intentada
sinefecto la notificación del acto que a continuación se trascribe por causas no
imputables a la Administración, se publica el presente anuncio en el Tablón Edictal Único
del Boletín Oficial del Estado.
“DECRETO NÚM. 131-25
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. - Boletín de denuncia expedido por el Agente de la Policía Local Nº:
10310, con fecha de 16 de junio de 2024, por la que se denuncia ejercer la venta
ambulan careciendo de la autorización municipal correspondiente, en el mercadillo
dominical en San Juan de los Terreros, en la zona parking junto al Centro Médico, el
pasado día 16 de junio de 2024 a las nueve horas y cuarenta y dos minutos, resultando
ser denunciado D. (...), con N.I.E. núm. X4854439J.
SEGUNDO. - Decreto de Alcaldía, de fecha 14 de noviembre de 2024, que acuerda
la iniciación de expediente sancionador por infracción de carácter grave tipificada en el
art. 13.2 apartado b) del Decreto Legislativo 2/2012, de 20 de marzo, por el que se
aprueba el Texto refundido de la Ley del Comercio Ambulante.
CUARTO - Propuesta de Resolución de la instructora del procedimiento, de fecha 26
de marzo de 2025, para declarar la caducidad del presente procedimiento dado que han
transcurrido más de 3 meses desde el acuerdo de inicio sin que haya recaído resolución
expresa, de conformidad con lo previsto en el art. 25.1. b) de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas.
Asimismo, dado que la infracción no está prescrita propone la iniciación de un nuevo
procedimiento conforme prevé el art. 95 de esa misma norma que establece que la
caducidad no produce por sí sola la prescripción de las acciones de la Administración.
Por todo lo que antecede, y en su virtud, RESUELVO:
PRIMERO. - Declarar la caducidad del procedimiento sancionador seguido contra D.
(...) por ejercer la venta ambulante careciendo de la autorización municipal, por haber
transcurrido más de 3 meses desde el acuerdo de inicio sin que haya recaído resolución
expresa, de conformidad con lo previsto en el art. 25.1. b) de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas.
SEGUNDO.- Ordenar la incoación de nuevo procedimiento sancionador por
infracción de las normas reguladoras del comercio ambulante según consta en el Acta de
denuncia de fecha 16 de junio de 2024 contra D. (...) por ejercer la venta ambulante
careciendo de la autorización municipal.
cve: BOE-N-2025-7c793ef209b23f235ec8f7d7d22fbc7432685362
Verificable en https://www.boe.es
TERCERO. - Tras la notificación al interesado del citado Decreto no se han
formulado alegaciones frente al mismo.
Núm. 125
Sábado 24 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ALMERÍA
AYUNTAMIENTO DE PULPÍ
Anuncio de notificación de 19 de mayo de 2025 en procedimiento sancionador.
ID: N2500370243
De conformidad con los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, intentada
sinefecto la notificación del acto que a continuación se trascribe por causas no
imputables a la Administración, se publica el presente anuncio en el Tablón Edictal Único
del Boletín Oficial del Estado.
“DECRETO NÚM. 131-25
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. - Boletín de denuncia expedido por el Agente de la Policía Local Nº:
10310, con fecha de 16 de junio de 2024, por la que se denuncia ejercer la venta
ambulan careciendo de la autorización municipal correspondiente, en el mercadillo
dominical en San Juan de los Terreros, en la zona parking junto al Centro Médico, el
pasado día 16 de junio de 2024 a las nueve horas y cuarenta y dos minutos, resultando
ser denunciado D. (...), con N.I.E. núm. X4854439J.
SEGUNDO. - Decreto de Alcaldía, de fecha 14 de noviembre de 2024, que acuerda
la iniciación de expediente sancionador por infracción de carácter grave tipificada en el
art. 13.2 apartado b) del Decreto Legislativo 2/2012, de 20 de marzo, por el que se
aprueba el Texto refundido de la Ley del Comercio Ambulante.
CUARTO - Propuesta de Resolución de la instructora del procedimiento, de fecha 26
de marzo de 2025, para declarar la caducidad del presente procedimiento dado que han
transcurrido más de 3 meses desde el acuerdo de inicio sin que haya recaído resolución
expresa, de conformidad con lo previsto en el art. 25.1. b) de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas.
Asimismo, dado que la infracción no está prescrita propone la iniciación de un nuevo
procedimiento conforme prevé el art. 95 de esa misma norma que establece que la
caducidad no produce por sí sola la prescripción de las acciones de la Administración.
Por todo lo que antecede, y en su virtud, RESUELVO:
PRIMERO. - Declarar la caducidad del procedimiento sancionador seguido contra D.
(...) por ejercer la venta ambulante careciendo de la autorización municipal, por haber
transcurrido más de 3 meses desde el acuerdo de inicio sin que haya recaído resolución
expresa, de conformidad con lo previsto en el art. 25.1. b) de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas.
SEGUNDO.- Ordenar la incoación de nuevo procedimiento sancionador por
infracción de las normas reguladoras del comercio ambulante según consta en el Acta de
denuncia de fecha 16 de junio de 2024 contra D. (...) por ejercer la venta ambulante
careciendo de la autorización municipal.
cve: BOE-N-2025-7c793ef209b23f235ec8f7d7d22fbc7432685362
Verificable en https://www.boe.es
TERCERO. - Tras la notificación al interesado del citado Decreto no se han
formulado alegaciones frente al mismo.