Administración Local. La Rioja. Ayuntamiento De Logroño. (BOE-N-2025-374370)
Anuncio de notificación de 19 de mayo de 2025 en procedimiento Concesión de licencia conjunta de obras y actividad par vivienda de uso turístico en San José de Calasanz nº5 Bj 2. Expte. 071.3 URB20-2024/0189.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 125

Sábado 24 de mayo de 2025

Supl. N. Pág. 2

1. La licencia se concede sin perjuicio de los derechos de propiedad o del de
terceros.
2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.1.11 de las Normas Urbanísticas del
Plan General Municipal de Logroño, la licencia deberá estar disponible en el lugar de las
obras, a los efectos de la comprobación por cualquier Inspección Municipal.
3. La presente licencia no faculta para la instalación de andamios, zona de acopios,
vallados y, en general, medios auxiliares en vía pública; ya que para ello deberá
obtenerse previamente la correspondiente autorización municipal. No obstante, se
señala que, durante la ejecución de las obras, se cumplirán las condiciones de los
artículos 2.6.1, 2.6.2, 2.6.3, y 2.6.4. de las Normas Urbanísticas del Plan General
Municipal de Logroño que sean de aplicación.
4. La planta superior del entrepiso no podrá destinarse en ningún caso a uso de
vivienda o residencial.
5. Los salientes en fachada deberán cumplir lo señalado en artículo 2.3.4 del Plan
General Municipal de Logroño.
6. Se deberá retirar de la fachada la unidad exterior de climatización (art.º 2.5.3B del
Plan General Municipal de Logroño)
7. Previo a la instalación de cualquier rótulo en la fachada deberá solicitarse y
obtenerse de este Ayuntamiento la correspondiente licencia municipal.
8. Previamente a la concesión de la licencia de 1ª Ocupación deberán estar instalada
la secadora de ropa prevista para el secado de ropa.
9. Una vez finalizadas las obras deberán obtenerse de este Ayuntamiento las
correspondientes licencias de primera ocupación y apertura, a cuyo efecto se aportará la
documentación final de obra necesaria, certificado final y liquidación económica, ambos
suscritos por el director técnico de las obras, y copia de las facturas de las obras e
instalaciones realizadas.
10. El contenido de la presente Resolución se comunicará a la Gerencia de Catastro
de La Rioja a los efectos del mantenimiento de la información catastral.

Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Logroño, en el plazo de dos meses contando a partir del día siguiente
al de recepción de esta notificación.
Previamente y con carácter potestativo, Recurso de Reposición ante la Concejalía de
Urbanismo, Espacio Público y Ciudad Circular, en el plazo de un mes contado a partir del
día siguiente al de la recepción de esta notificación.
Logroño, 19 de mayo de 2025.- El Alcalde, Conrado Escobar Las Heras

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-N-2025-646e0add8a569db5974892e5a4680e027096bac4
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La presente resolución es definitiva en vía administrativa y contra la misma podrá
interponer los siguientes recursos, sin perjuicio de utilizar cualquier otro que estime
pertinente: