Comunidades Y Ciudades Autónomas. Comunidad Autónoma De Extremadura. Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. (BOE-N-2025-352861)
UNIDAD DE MEDIACIÓN, ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN DE BADAJOZ. Anuncio de notificación de 12 de mayo de 2025 en procedimiento sancionador en el orden social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 119
Sábado 17 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
UNIDAD DE MEDIACIÓN, ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN DE BADAJOZ. Anuncio de
notificación de 12 de mayo de 2025 en procedimiento sancionador en el orden social.
ID: N2500350291
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 40 y 44 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE
nº. 236, de 2 de octubre de 2015), se hace pública notificación en el Boletín Oficial del
Estado de la resolución de fecha 2 de mayo de 2025 dictada por el Jefe de Sección de la
U.M.A.C de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital de la Junta de
Extremadura del expediente sancionador referenciado, a la persona jurídica que a
continuación se relaciona, ya que habiéndose intentado la notificación en el último
domicilio conocido, esta no se ha podido practicar.
Transcurrido el plazo citado sin interponer el mencionado recurso, la resolución que
se le notifica adquirirá el carácter de firme, y por la Consejería de Hacienda y
Administración Pública de la Junta de Extremadura se le comunicará la forma, lugar y
plazos del pago del importe de la sanción impuesta indicado en la resolución, en período
voluntario, en virtud de lo establecido en el art. 4 del Decreto 67/1994, de 17 de mayo,
por el que se aprueba el Reglamento de recaudación de multas de la Comunidad
Autónoma de Extremadura (D.O.E. de 24 de mayo de 1994).
En caso de impago en período voluntario se le requerirá por la propia Consejería de
Hacienda y Administración Pública para el pago en vía ejecutiva de apremio con el
correspondiente recargo e intereses de demora, de acuerdo con lo dispuesto en el art.
6.3 del Decreto 67/1994 ya citado.
El correspondiente expediente obra en la Unidad de Mediación, Arbitraje y
Conciliación de la Dirección Gral. de Trabajo, sito en la Avda. de Huelva, 6 de Badajoz
- Nº Exp.: 06/0013/25
- Nombre: Alcazaba Servicios Auxiliares S.L.
- NIF/CIF: B56****70
cve: BOE-N-2025-f137bd3a2f702add7477d28f38dee21d981fff1a
Verificable en https://www.boe.es
Contra dicha resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
Recurso de Alzada, ante la Sra. Directora General de Trabajo de la Consejería de
Economía, Empleo y Transformación Digital de la Junta de Extremadura, de acuerdo con
el art. 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, y en relación con los artículos 112.1 y 121 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE nº. 236, de 2 de octubre de 2015), en el plazo de un
mes contados a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o
publicación del acto de que se trate según lo dispuesto en el artículo 122.1 en relación
con el 30, ambos de la citada Ley 39/2015, sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su
caso, cualquier otro recurso que estime procedente.
Núm. 119
Sábado 17 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
UNIDAD DE MEDIACIÓN, ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN DE BADAJOZ. Anuncio de
notificación de 12 de mayo de 2025 en procedimiento sancionador en el orden social.
ID: N2500350291
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 40 y 44 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE
nº. 236, de 2 de octubre de 2015), se hace pública notificación en el Boletín Oficial del
Estado de la resolución de fecha 2 de mayo de 2025 dictada por el Jefe de Sección de la
U.M.A.C de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital de la Junta de
Extremadura del expediente sancionador referenciado, a la persona jurídica que a
continuación se relaciona, ya que habiéndose intentado la notificación en el último
domicilio conocido, esta no se ha podido practicar.
Transcurrido el plazo citado sin interponer el mencionado recurso, la resolución que
se le notifica adquirirá el carácter de firme, y por la Consejería de Hacienda y
Administración Pública de la Junta de Extremadura se le comunicará la forma, lugar y
plazos del pago del importe de la sanción impuesta indicado en la resolución, en período
voluntario, en virtud de lo establecido en el art. 4 del Decreto 67/1994, de 17 de mayo,
por el que se aprueba el Reglamento de recaudación de multas de la Comunidad
Autónoma de Extremadura (D.O.E. de 24 de mayo de 1994).
En caso de impago en período voluntario se le requerirá por la propia Consejería de
Hacienda y Administración Pública para el pago en vía ejecutiva de apremio con el
correspondiente recargo e intereses de demora, de acuerdo con lo dispuesto en el art.
6.3 del Decreto 67/1994 ya citado.
El correspondiente expediente obra en la Unidad de Mediación, Arbitraje y
Conciliación de la Dirección Gral. de Trabajo, sito en la Avda. de Huelva, 6 de Badajoz
- Nº Exp.: 06/0013/25
- Nombre: Alcazaba Servicios Auxiliares S.L.
- NIF/CIF: B56****70
cve: BOE-N-2025-f137bd3a2f702add7477d28f38dee21d981fff1a
Verificable en https://www.boe.es
Contra dicha resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
Recurso de Alzada, ante la Sra. Directora General de Trabajo de la Consejería de
Economía, Empleo y Transformación Digital de la Junta de Extremadura, de acuerdo con
el art. 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, y en relación con los artículos 112.1 y 121 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE nº. 236, de 2 de octubre de 2015), en el plazo de un
mes contados a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o
publicación del acto de que se trate según lo dispuesto en el artículo 122.1 en relación
con el 30, ambos de la citada Ley 39/2015, sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su
caso, cualquier otro recurso que estime procedente.