Comunidades Y Ciudades Autónomas. Comunidad Autónoma De Andalucía. Consejería De Agricultura, Pesca, Agua Y Desarrollo Rural. (BOE-N-2025-352842)
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL EN MÁLAGA. Anuncio de notificación de 12 de mayo de 2025 en procedimientos sancionadores en materia de agricultura y pesca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 119

Sábado 17 de mayo de 2025

Supl. N. Pág. 1

Suplemento de Notificaciones

COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO
RURAL EN MÁLAGA. Anuncio de notificación de 12 de mayo de 2025 en procedimientos
sancionadores en materia de agricultura y pesca.
Intentadas sin efecto las notificaciones de las Resoluciones y Liquidaciones
formuladas en los expedientes sancionadores que se detallan, por supuesta infracción a
la normativa que se cita, y en cumplimiento de lo previsto en los arts. 44 y 46 de la Ley
39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, e intentadas, sin efecto, las notificaciones personales en los
domicilios que constan en dichos expedientes, se publican los presentes anuncios para
que sirvan de notificaciones de los mismos; significándoles que en el plazo de un mes,
quedan de manifiesto los expedientes, en la Sección de Sanciones de esta Delegación
Territorial de Málaga, Avda. de la Aurora 47, planta 5ª, puerta 7; pudiendo formular
Recurso de Alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Agricultura, Pesca, Agua y
Desarrollo Rural. Le comunico que el importe de la sanción deberá hacerlo efectivo en
periodo voluntario a partir del día siguiente a la fecha en que esta resolución adquiera
firmeza en vía administrativa. La referida firmeza se producirá si transcurriese el plazo de
un mes, contado desde la fecha de la notificación de la presente resolución, sin que haya
sido interpuesto contra la misma el Recurso de Alzada a que se hace referencia en el
párrafo anterior. En cuyo caso el importe de la sanción deberá hacerlo efectivo en los
plazos siguientes: Las que sean firmes entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha
en que adquiere firmeza hasta el día 20 del mes posterior o si éste no fuera hábil, hasta
el inmediato hábil siguiente. Las que sean firmes entre los días 16 y último de cada mes,
desde que adquieran firmeza hasta el día 5 del segundo mes posterior o si éste no fuera
hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. En el supuesto de que se interponga Recurso
de Alzada, el plazo para el pago en periodo voluntario comenzará a contarse desde el
día siguiente a la notificación de la resolución recaída en el mencionado recurso, con
similares plazos, a contar desde la fecha de notificación. La cuantía de la sanción
impuesta deberá hacerse efectiva mediante ingreso en la Caja General de la Delegación
Provincial de la Consejería de Hacienda Industria y Energía de Málaga o en cualquier
entidad colaboradora, utilizando el impreso normalizado 048. Con apercibimiento que si
no consta el pago de la sanción en el plazo señalado, se procederá a certificar el
descubierto para su cobro por la Consejería de Hacienda Industria y Energia en vía de
apremio. N.I.F.: 08913917Z Expediente: MA/0512/24 Acto notificado: Resolución
Definitiva Procedimiento Sancionador. Plazo de recurso de alzada: Un mes, contado
desde la notificación de la presente Resolución. N.I.F.: 25297071S Expediente:
MA/0708/24 Acto notificado: Resolución Definitiva Procedimiento Sancionador. Plazo de
recurso de alzada: Un mes, contado desde la notificación de la presente Resolución.
Málaga, 12 de mayo de 2025.- Fernado Fernandez Tapia-Ruano. El Delegado
Territorial

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

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