Administración Local. Illes Balears. Consell Insular De Mallorca. (BOE-N-2025-349293)
SERVICIO DE SANCIONES. Anuncio de notificación de 8 de mayo de 2025 en procedimientos Notificación de resoluciones de archivo por caducidad de expedientes sancionadores en materia de turismo que han sido instruidos en la Dirección Insular de Turismo para la Oferta y la Calidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117

Jueves 15 de mayo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
ILLES BALEARS
CONSELL INSULAR DE MALLORCA
SERVICIO DE SANCIONES. Anuncio de notificación de 8 de mayo de 2025 en
procedimientos Notificación de resoluciones de archivo por caducidad de expedientes
sancionadores en materia de turismo que han sido instruidos en la Dirección Insular de
Turismo para la Oferta y la Calidad.
ID: N2500343078

No ha sido posible la notificación de las resoluciones de archivo por caducidad de los
expedientes que se relacionan a continuación al haber sido devueltos por el Servicio de
Correos. Se trata de expedientes sancionadores por supuestas infracciones
administrativas en materia de turismo que están siendo instruidos por la Dirección Insular
de Turismo para la Oferta y la Calidad. Los interesados tienen los expedientes a su
disposición en el Servicio de sanciones turísticas de la mencionada Dirección (Calle de la
Misericordia, 2 de Palma de Mallorca).
En virtud del artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se notifican por este medio las
resoluciones siguientes:
Titular NIF/CIF

SAN 105/2023

16513357R

SAN (T2) 505/2023

42954362E

SAN (T2) 510/2023

Y3439074J

Contra este acto, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer un recurso
de alzada en el plazo de un mes desde la publicación de este anuncio en el Boletín
Oficial de Estado (BOE). El recurso puede interponerse ante el Consejero ejecutivo de
Transición, Turismo y Deportes o bien ante el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de
Mallorca, siendo este último el órgano competente para resolverlo.
Contra la desestimación expresa del recurso de alzada cabrá interponer el recurso
contencioso administrativo ante el Juzgado contencioso administrativo en el plazo de dos
meses desde la notificación de la desestimación.
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido
este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso y cabrá
interponer un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado contencioso
administrativo.
No obstante, cabe interponer, si procede, cualquier otro recurso que se considere
oportuno en conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción
contencioso-administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento
administrativo común de las administraciones públicas.
Palma de Mallorca, 8 de mayo de 2025.- La Directora Insular de Turismo para la
Oferta y la Calidad: Clara María Del Moral Torres

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

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