Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Valencia. (BOE-N-2025-349373)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE SAGUNTO (SAGUNT) 2. Anuncio de notificación de 9 de mayo de 2025 en procedimiento Rectificación cabida art. 199 LH.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117
Jueves 15 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 2
de la base gráfica que pretende el solicitante, y la nueva superficie con dicha
representación gráfica.
A la vista de las alegaciones efectuadas, el Registrador decidirá motivadamente, sin
que la mera oposición de quien no haya acreditado ser titular registral de la finca o de
cualquiera de las registrales colindantes determine necesariamente la denegación de la
inscripción.
Observaciones: conforme al artículo 10.5 de la Ley Hipotecaria, si tras la tramitación
del referido expediente el Registrador procediera a inscribir la referida representación
gráfica y lista de coordenadas, se presumirá, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 38
de la Ley Hipotecaria, que la finca objeto de los derechos inscritos tiene la ubicación y
delimitación geográfica expresadas.
Y tras haber intentado la notificación personal a los colindantes, D. Enrique Leon
Faubell y D. Enrique Leon Raga, al domicilio que consta en el Registro, por dos veces y
ser ésta infructuosa, se publica mediante el presente edicto en cumplimiento de lo
dispuesto en el citado artículo.
cve: BOE-N-2025-8f4edd34445ac6d55bbe744a6d41f81794b1a2eb
Verificable en https://www.boe.es
Sagunt, 9 de mayo de 2025.- El/La Registrador/a de la Propiedad de Sagunto/sagunt
Nº 2, Maria Teresa Lopez Alfonso
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 117
Jueves 15 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 2
de la base gráfica que pretende el solicitante, y la nueva superficie con dicha
representación gráfica.
A la vista de las alegaciones efectuadas, el Registrador decidirá motivadamente, sin
que la mera oposición de quien no haya acreditado ser titular registral de la finca o de
cualquiera de las registrales colindantes determine necesariamente la denegación de la
inscripción.
Observaciones: conforme al artículo 10.5 de la Ley Hipotecaria, si tras la tramitación
del referido expediente el Registrador procediera a inscribir la referida representación
gráfica y lista de coordenadas, se presumirá, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 38
de la Ley Hipotecaria, que la finca objeto de los derechos inscritos tiene la ubicación y
delimitación geográfica expresadas.
Y tras haber intentado la notificación personal a los colindantes, D. Enrique Leon
Faubell y D. Enrique Leon Raga, al domicilio que consta en el Registro, por dos veces y
ser ésta infructuosa, se publica mediante el presente edicto en cumplimiento de lo
dispuesto en el citado artículo.
cve: BOE-N-2025-8f4edd34445ac6d55bbe744a6d41f81794b1a2eb
Verificable en https://www.boe.es
Sagunt, 9 de mayo de 2025.- El/La Registrador/a de la Propiedad de Sagunto/sagunt
Nº 2, Maria Teresa Lopez Alfonso
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X