Comunidades Y Ciudades Autónomas. Comunidad Autónoma De Galicia. Consellería Del Mar. (BOE-N-2025-349147)
PUERTOS DE GALICIA. Anuncio de notificación de 25 de abril de 2025 en procedimientos por la que se notifica el acuerdo de inicio del procedimiento administrativo sancionador del expediente 13-35-25-48 y uno más.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 15 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA
CONSELLERÍA DEL MAR
PUERTOS DE GALICIA. Anuncio de notificación de 25 de abril de 2025 en
procedimientos por la que se notifica el acuerdo de inicio del procedimiento
administrativo sancionador del expediente 13-35-25-48 y uno más.
ID: N2500349191
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, del
procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (en adelante,
LPAC), se notifica a los denunciados cuyos datos personales se mencionan en los
anexos, mediante la publicación en el Boletín Oficial del Estado, el acuerdo de inicio del
procedimiento administrativo sancionador por presunta infracción de la Ley 6/2017, de 12
de diciembre, de puertos de Galicia, en relación con el Reglamento de servicio y policía
de los puertos, aprobado por la Orden ministerial de 12 de junio de 1976, por no ser
posible la notificación en el domicilio.
Asimismo, este anuncio se publicará en el Diario Oficial de Galicia, si bien la eficacia
del acto notificado quedará supeditada a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
El órgano competente para la resolución del expediente es el director del ente
público, de acuerdo con la tipificación y cuantía de la sanción, y en virtud de lo dispuesto
en el artículo 144.1.a) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia.
De acuerdo con el artículo 64.2.f) de la LPAC, disponen de un plazo de quince (15)
días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de los presentes acuerdos, para
formular alegaciones y, en su caso, proponer prueba ante el instructor, concretando los
medios de los que pretendan valerse y citando el número de expediente.
Asimismo, y con anterioridad al trámite de audiencia, se podrán formular alegaciones
y aportar los documentos que se estimen convenientes.
De no efectuarse alegaciones en el plazo antes mencionado, estos acuerdos, por
aplicación de lo establecido en el artículo 62.2.f) de la LPAC, será considerados
propuestas de resolución.
De reconocer voluntariamente su responsabilidad, se resolverán los procedimientos
con la imposición de la sanción que proceda.
Podrá procederse al pago voluntario de la multa con una reducción del 30 por ciento
sobre el importe de la sanción propuesta, mediante ingreso en cualquier oficina de las
entidades de depósito colaboradoras (Banco Sabadell, BBVA y Abanca), utilizando el
modelo de impreso que se facilitará en los servicios centrales de Puertos de Galicia y
presentándolo en cualquier entidad bancaria; el pago reducido comporta la renuncia a
formular alegaciones, la terminación del procedimiento sin necesidad de dictar resolución
y la imposibilidad de interposición de recurso en vía administrativa.
Por otra parte, disponen de un plazo máximo de diez (10) días, a contar desde la
publicación de los presentes acuerdos, para identificar, en el caso de que no hubiesen
sido ustedes a los/las conductores/as del vehículo en la fecha y hora de la denuncia,
indicando su nombre, apellidos y documento nacional de identidad, así como el domicilio
cve: BOE-N-2025-f37fed9eb9924262d132682d6df4fa962c2dd03c
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 117
Jueves 15 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA
CONSELLERÍA DEL MAR
PUERTOS DE GALICIA. Anuncio de notificación de 25 de abril de 2025 en
procedimientos por la que se notifica el acuerdo de inicio del procedimiento
administrativo sancionador del expediente 13-35-25-48 y uno más.
ID: N2500349191
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, del
procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (en adelante,
LPAC), se notifica a los denunciados cuyos datos personales se mencionan en los
anexos, mediante la publicación en el Boletín Oficial del Estado, el acuerdo de inicio del
procedimiento administrativo sancionador por presunta infracción de la Ley 6/2017, de 12
de diciembre, de puertos de Galicia, en relación con el Reglamento de servicio y policía
de los puertos, aprobado por la Orden ministerial de 12 de junio de 1976, por no ser
posible la notificación en el domicilio.
Asimismo, este anuncio se publicará en el Diario Oficial de Galicia, si bien la eficacia
del acto notificado quedará supeditada a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
El órgano competente para la resolución del expediente es el director del ente
público, de acuerdo con la tipificación y cuantía de la sanción, y en virtud de lo dispuesto
en el artículo 144.1.a) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia.
De acuerdo con el artículo 64.2.f) de la LPAC, disponen de un plazo de quince (15)
días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de los presentes acuerdos, para
formular alegaciones y, en su caso, proponer prueba ante el instructor, concretando los
medios de los que pretendan valerse y citando el número de expediente.
Asimismo, y con anterioridad al trámite de audiencia, se podrán formular alegaciones
y aportar los documentos que se estimen convenientes.
De no efectuarse alegaciones en el plazo antes mencionado, estos acuerdos, por
aplicación de lo establecido en el artículo 62.2.f) de la LPAC, será considerados
propuestas de resolución.
De reconocer voluntariamente su responsabilidad, se resolverán los procedimientos
con la imposición de la sanción que proceda.
Podrá procederse al pago voluntario de la multa con una reducción del 30 por ciento
sobre el importe de la sanción propuesta, mediante ingreso en cualquier oficina de las
entidades de depósito colaboradoras (Banco Sabadell, BBVA y Abanca), utilizando el
modelo de impreso que se facilitará en los servicios centrales de Puertos de Galicia y
presentándolo en cualquier entidad bancaria; el pago reducido comporta la renuncia a
formular alegaciones, la terminación del procedimiento sin necesidad de dictar resolución
y la imposibilidad de interposición de recurso en vía administrativa.
Por otra parte, disponen de un plazo máximo de diez (10) días, a contar desde la
publicación de los presentes acuerdos, para identificar, en el caso de que no hubiesen
sido ustedes a los/las conductores/as del vehículo en la fecha y hora de la denuncia,
indicando su nombre, apellidos y documento nacional de identidad, así como el domicilio
cve: BOE-N-2025-f37fed9eb9924262d132682d6df4fa962c2dd03c
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Núm. 117