Administración Local. Asturias. Ayuntamiento De Oviedo. (BOE-N-2025-349230)
POLICÍA LOCAL. Anuncio de notificación de 9 de mayo de 2025 en procedimiento para publicación de listados de titulares de vehículos presuntamente abandonados REQ. 163/25.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117

Jueves 15 de mayo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
ASTURIAS
AYUNTAMIENTO DE OVIEDO
POLICÍA LOCAL. Anuncio de notificación de 9 de mayo de 2025 en procedimiento para
publicación de listados de titulares de vehículos presuntamente abandonados REQ.
163/25.
ID: N2500345298

EDICTO
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se
hace pública notificación de los requerimientos para retirada de los vehículos reseñados
del Parque de Grúa Municipal, donde constan depositados, al no haberse podido
practicar, en al menos dos intentos consecutivos, la notificación a los titulares o
responsables de dichos vehículos, en el último domicilio conocido o en su defecto, en el
que figurare en los Registros de Conductores e Infractores y de Vehículos de la Dirección
General de Tráfico, conforme al artículo 60 de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos
a Motor y Seguridad Vial (Real Decreto Legislativo 06/2015, de 30 de octubre), haciendo
saber lo siguiente:
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Conforme consta en el Registro de Vehículos de la Dirección General de
Tráfico, figura como titular, arrendatario a largo plazo o conductor habitual que se indica,
del vehículo con matrícula, marca y modelo que igualmente se expresa.

TERCERO.- De conformidad con el artículo 106.1 del texto refundido de la Ley sobre
Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (Real Decreto Legislativo
6/2015, de 30 de octubre ) “La administración competente en materia de gestión del
tráfico podrá ordenar el traslado del vehículo a un Centro Autorizado de Tratamiento de
Vehículos para su posterior destrucción y descontaminación: a) Cuando hayan
transcurrido más de dos meses desde que el vehículo fuera inmovilizado o retirado de la
vía pública y depositado por la Administración y su titular no hubiera formulado
alegaciones”. En el presente caso, no consta que el titular del vehículo hubiera
presentado alegaciones a la retirada y depósito, o que presentadas éstas, hubieran sido
estimadas.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
ÚNICO.- Resultando esta Administración competente para la tramitación de este
procedimiento, de conformidad con los artículos 7 y 84 del Texto Refundido de la Ley de
Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, como Concejal de Gobierno
de Seguridad Ciudadana (delegación operada por Resolución de la Alcaldía Nº 9171 de
20 de Junio de 2019-BOPA 137 de 17 de julio de 2019), y sobre la base del artículo
105.2 y 106.1 del citado texto legal, así como los artículos 2 y siguientes de la
Ordenanza Fiscal 110 del Ayuntamiento de Oviedo, reguladora de las Tasas por
Prestación de Servicios de Inmovilización, Recogida o Depósito de Vehículos,

cve: BOE-N-2025-8da9c9b9d443faec96e0883a472b170162e75125
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SEGUNDO.- Los mencionados vehículos fueron retirados de la vía pública y
depositados en las dependencias del Parque de Grúa Municipal en la fecha indicada.