Administración Local. Bizkaia. Ayuntamiento De Valle De Trápaga-trapagaran. (BOE-N-2025-349253)
Anuncio de notificación de 9 de mayo de 2025 en procedimiento por infracción urbanística de obras sin licencia en La Reineta, 28 Bajo. URB-007/2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117
Jueves 15 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 2
Parlamento Vasco, de Suelo y Urbanismo, por lo que el importe de la sanción seria 2.500
EUROS, que se aplicará cuando concurran los siguientes requisitos:
a. Se abone el resto de la multa en el plazo máximo de un mes contado a partir de la
notificación de la sanción desde el Área de Economía y Hacienda.
b. El infractor muestre por escrito su conformidad con la sanción impuesta y renuncie
expresamente al ejercicio de la acción de impugnación en el plazo de un mes contado a
partir de la notificación de la presente Resolución.
c. El infractor inicie los trámites para legalizar la actuación sancionada en este último
plazo.
CUARTO.- Designar instructor/a del citado expediente a D Asier González, quien
podrá abstenerse, o ser recusado, en los supuestos legalmente previstos. De
conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, podrá promoverse su recusación por los
interesados, en cualquier momento del procedimiento, si concurren las causas
expresamente enumeradas en el artículo 23 de dicho texto legal.
QUINTO.- Darle traslado del precedente informe, con carácter de Pliego de Cargos,
para que en el plazo de QUINCE DÍAS pueda alegar lo que estime oportuno en su
defensa y solicitar la vista del expediente, o bien reconocer voluntariamente su
responsabilidad, poniendo en este caso fin al procedimiento con la imposición de la
sanción correspondiente. Asimismo, dar traslado a la parte interesada de los informes y
Resoluciones obrantes en los siguientes expedientes: URB-004-2025; URB-575-2024
(SLV).
SEXTO.- Comunicar a la parte presuntamente responsable que el órgano encargado
de adoptar la Resolución Sancionadora es la Concejala de Urbanismo y Medio
Ambiente, en virtud del Decreto de Alcaldía de fecha 4 de agosto de 2023 nº602/2023
SEPTIMO.- Dar traslado de esta resolución a los servicios técnicos municipales.
OCTAVO.- Dar traslado de la presente resolución al área de hacienda y patrimonio
municipal, para girar el recibo de la sanción propuesta.
cve: BOE-N-2025-0d45e72f0bf106f828df74a9d9a62dbce7ca9c71
Verificable en https://www.boe.es
Valle de Trapaga-Trapagaran, 9 de mayo de 2025.- EL ALCALDE. MIGUEL ANGEL
GOMEZ VIAR
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 117
Jueves 15 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 2
Parlamento Vasco, de Suelo y Urbanismo, por lo que el importe de la sanción seria 2.500
EUROS, que se aplicará cuando concurran los siguientes requisitos:
a. Se abone el resto de la multa en el plazo máximo de un mes contado a partir de la
notificación de la sanción desde el Área de Economía y Hacienda.
b. El infractor muestre por escrito su conformidad con la sanción impuesta y renuncie
expresamente al ejercicio de la acción de impugnación en el plazo de un mes contado a
partir de la notificación de la presente Resolución.
c. El infractor inicie los trámites para legalizar la actuación sancionada en este último
plazo.
CUARTO.- Designar instructor/a del citado expediente a D Asier González, quien
podrá abstenerse, o ser recusado, en los supuestos legalmente previstos. De
conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, podrá promoverse su recusación por los
interesados, en cualquier momento del procedimiento, si concurren las causas
expresamente enumeradas en el artículo 23 de dicho texto legal.
QUINTO.- Darle traslado del precedente informe, con carácter de Pliego de Cargos,
para que en el plazo de QUINCE DÍAS pueda alegar lo que estime oportuno en su
defensa y solicitar la vista del expediente, o bien reconocer voluntariamente su
responsabilidad, poniendo en este caso fin al procedimiento con la imposición de la
sanción correspondiente. Asimismo, dar traslado a la parte interesada de los informes y
Resoluciones obrantes en los siguientes expedientes: URB-004-2025; URB-575-2024
(SLV).
SEXTO.- Comunicar a la parte presuntamente responsable que el órgano encargado
de adoptar la Resolución Sancionadora es la Concejala de Urbanismo y Medio
Ambiente, en virtud del Decreto de Alcaldía de fecha 4 de agosto de 2023 nº602/2023
SEPTIMO.- Dar traslado de esta resolución a los servicios técnicos municipales.
OCTAVO.- Dar traslado de la presente resolución al área de hacienda y patrimonio
municipal, para girar el recibo de la sanción propuesta.
cve: BOE-N-2025-0d45e72f0bf106f828df74a9d9a62dbce7ca9c71
Verificable en https://www.boe.es
Valle de Trapaga-Trapagaran, 9 de mayo de 2025.- EL ALCALDE. MIGUEL ANGEL
GOMEZ VIAR
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