Administración Local. Santa Cruz De Tenerife. Ayuntamiento De Santa Cruz De La Palma. (BOE-N-2025-349336)
Anuncio de notificación de 8 de mayo de 2025 en procedimiento Resolución expedientes sancionadores por infracción a la Ordenanza Municipal de Protección de la Convivencia Ciudadana.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 15 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
SANTA CRUZ DE TENERIFE
AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE LA PALMA
Anuncio de notificación de 8 de mayo de 2025 en procedimiento Resolución expedientes
sancionadores por infracción a la Ordenanza Municipal de Protección de la Convivencia
Ciudadana.
ID: N2500343880
Habiendo intentado practicar, sin resultado positivo, la notificación individual en el
último domicilio conocido de las resoluciones dictadas por la autoridad competente y
recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, se hace pública notificación
de tales resoluciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Por ello y de acuerdo con lo establecido en la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de
racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa, se publica
en el Tablón Edictal Único (TEU) del Boletín Oficial del Estado, teniéndose por practicada
la notificación a partir del día siguiente al de su publicación.
Contra estas resoluciones, que ponen fin a la vía administrativa, podrán interponer,
con carácter potestativo y en el plazo de UN MES contado desde el día siguiente al de la
presente publicación, recurso de reposición ante el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento
de Santa Cruz de La Palma. El escrito de interposición será presentado en el Registro
General de Documentos del Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma, sito en la Plaza
de España número 6 o en cualquiera de los Registros u Oficinas a que alude el artículo
16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, indicando la referencia del expediente y la
matrícula del vehículo. El plazo establecido para dictar y notificar la resolución del
recurso será de un mes. Transcurrido dicho plazo sin que la misma haya recaído, podrá
entenderse desestimado, por lo que, con independencia de la obligación de resolver,
quedará expedita la vía jurisdiccional ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife o el de su domicilio. El plazo para interponer el
recurso contencioso-administrativo, será de dos meses a contar desde el día siguiente al
de la notificación o publicación de la resolución del recurso de reposición cuando ésta
sea expresa, o en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente en el que el
referido Recurso de Reposición haya de entenderse desestimado de forma presunta. En
el supuesto de no formularse dicho recurso potestativo de Reposición, el plazo para
interponer directamente el recurso contencioso-administrativo será de DOS MESES,
contados desde el día siguiente al de su publicación en el TEU.
El importe de la sanción deberá hacerse efectivo durante el plazo de UN MES
INCREMENTADO EN QUINCE DÍAS HÁBILES, contados a partir del siguiente al de
finalización de la presente publicación, por cualquiera de los medios que a continuación
se especifican, advirtiéndole que, transcurrido el indicado plazo sin abonar su importe, se
procederá a su recaudación por vía de apremio con los recargos e intereses legales
correspondientes
1) En la Tesorería de esta Corporación, situada en la Plaza de España nº 6. 2)
Mediante ingreso bancario en la cuenta corriente nº ES86 2100 7121 1122 0036 1271,
de CaixaBank, indicando nº de expediente y DNI. 3) Por giro postal.
cve: BOE-N-2025-eb95153ce85c6b3350df70a11ef9f5178570023f
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 117
Jueves 15 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
SANTA CRUZ DE TENERIFE
AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE LA PALMA
Anuncio de notificación de 8 de mayo de 2025 en procedimiento Resolución expedientes
sancionadores por infracción a la Ordenanza Municipal de Protección de la Convivencia
Ciudadana.
ID: N2500343880
Habiendo intentado practicar, sin resultado positivo, la notificación individual en el
último domicilio conocido de las resoluciones dictadas por la autoridad competente y
recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, se hace pública notificación
de tales resoluciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Por ello y de acuerdo con lo establecido en la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de
racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa, se publica
en el Tablón Edictal Único (TEU) del Boletín Oficial del Estado, teniéndose por practicada
la notificación a partir del día siguiente al de su publicación.
Contra estas resoluciones, que ponen fin a la vía administrativa, podrán interponer,
con carácter potestativo y en el plazo de UN MES contado desde el día siguiente al de la
presente publicación, recurso de reposición ante el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento
de Santa Cruz de La Palma. El escrito de interposición será presentado en el Registro
General de Documentos del Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma, sito en la Plaza
de España número 6 o en cualquiera de los Registros u Oficinas a que alude el artículo
16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, indicando la referencia del expediente y la
matrícula del vehículo. El plazo establecido para dictar y notificar la resolución del
recurso será de un mes. Transcurrido dicho plazo sin que la misma haya recaído, podrá
entenderse desestimado, por lo que, con independencia de la obligación de resolver,
quedará expedita la vía jurisdiccional ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife o el de su domicilio. El plazo para interponer el
recurso contencioso-administrativo, será de dos meses a contar desde el día siguiente al
de la notificación o publicación de la resolución del recurso de reposición cuando ésta
sea expresa, o en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente en el que el
referido Recurso de Reposición haya de entenderse desestimado de forma presunta. En
el supuesto de no formularse dicho recurso potestativo de Reposición, el plazo para
interponer directamente el recurso contencioso-administrativo será de DOS MESES,
contados desde el día siguiente al de su publicación en el TEU.
El importe de la sanción deberá hacerse efectivo durante el plazo de UN MES
INCREMENTADO EN QUINCE DÍAS HÁBILES, contados a partir del siguiente al de
finalización de la presente publicación, por cualquiera de los medios que a continuación
se especifican, advirtiéndole que, transcurrido el indicado plazo sin abonar su importe, se
procederá a su recaudación por vía de apremio con los recargos e intereses legales
correspondientes
1) En la Tesorería de esta Corporación, situada en la Plaza de España nº 6. 2)
Mediante ingreso bancario en la cuenta corriente nº ES86 2100 7121 1122 0036 1271,
de CaixaBank, indicando nº de expediente y DNI. 3) Por giro postal.
cve: BOE-N-2025-eb95153ce85c6b3350df70a11ef9f5178570023f
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 117