Administración Local. Illes Balears. Ayuntamiento De Castell, Es. (BOE-N-2025-349285)
Anuncio de notificación de 8 de mayo de 2025 en procedimiento de inicio de expedientes sancionadores en materia de tráfico.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 15 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ILLES BALEARS
AYUNTAMIENTO DE CASTELL, ES
Anuncio de notificación de 8 de mayo de 2025 en procedimiento de inicio de expedientes
sancionadores en materia de tráfico.
ID: N2500343201
Se han formulado denuncias contra las personas o entidades cuyo número de
expediente y demás datos se expresan en la relación anexa, motivo por el que se ha
iniciado el correspondiente expediente sancionador, siendo el sr. Alcalde el órgano
competente para su resolución de conformidad con lo regulado en el Art. 84.4 del RDL
6/2015, de 30 de Octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre
Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en adelante LTSV.
Conforme con lo regulado en los Arts. 90 y 91 de la LTSV, e intentada por dos veces
llevar a cabo la notificación sin poderse efectuar por causas no imputables a esta
Administración, se procede a la notificación de la iniciación de los expedientes
sancionadores mediante la publicación en el “Boletín Oficial del Estado” (BOE), contra
las personas o entidades denunciadas que se relacionan en el anexo adjunto como
presuntos responsables de infracciones a la LTSV.
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 91 de la LTSV, este edicto se mantendrá
expuesto en el BOE durante un periodo de 20 días naturales, finalizado el cual la
notificación se tendrá por practicada, dándose por cumplido dicho trámite y
continuándose con el procedimiento.
Identificación del Conductor. Si usted
requiere para que identifique verazmente
dirección de notificación) contra el que se
dicho trámite dispondrá de un plazo de
siguiente al de la notificación.
no es responsable de la infracción se le
al conductor (D.N.I., nombre y apellidos y
iniciará el procedimiento sancionador. Para
20 días naturales, contados desde el día
Conformidad con la denuncia. El importe de la multa puede reducirse en un 50% si la
misma se abona dentro de los 20 días naturales siguientes a su notificación. El pago se
puede llevar a cabo personalmente en la oficina de Recaudación de este Ayuntamiento,
o bien, mediante transferencia en la entidad Caixabank – La Caixa número de cuenta
IBAN: ES30-2100-6853-6513-0011-5354, indicando el número de expediente y la
matrícula del vehículo denunciado o nombre de la persona interesada.
En caso de abonarse con la reducción del 50% concluirá el procedimiento
sancionador con las siguientes consecuencias:
- Renuncia a formular alegaciones, en el caso que se formulen se tendrán por no
presentadas.
- Terminación del procedimiento, sin necesidad de dictar resolución expresa, el día
en que se realice el pago.
- Agotamiento de la vía administrativa, siendo recurrible únicamente ante el orden
jurisdiccional contencioso-administrativo, el plazo se iniciará el día siguiente a aquel en
que tenga lugar el pago.
cve: BOE-N-2025-24ba2b080822756ee1632fd268e6f80f3d667d19
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 117
Jueves 15 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ILLES BALEARS
AYUNTAMIENTO DE CASTELL, ES
Anuncio de notificación de 8 de mayo de 2025 en procedimiento de inicio de expedientes
sancionadores en materia de tráfico.
ID: N2500343201
Se han formulado denuncias contra las personas o entidades cuyo número de
expediente y demás datos se expresan en la relación anexa, motivo por el que se ha
iniciado el correspondiente expediente sancionador, siendo el sr. Alcalde el órgano
competente para su resolución de conformidad con lo regulado en el Art. 84.4 del RDL
6/2015, de 30 de Octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre
Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en adelante LTSV.
Conforme con lo regulado en los Arts. 90 y 91 de la LTSV, e intentada por dos veces
llevar a cabo la notificación sin poderse efectuar por causas no imputables a esta
Administración, se procede a la notificación de la iniciación de los expedientes
sancionadores mediante la publicación en el “Boletín Oficial del Estado” (BOE), contra
las personas o entidades denunciadas que se relacionan en el anexo adjunto como
presuntos responsables de infracciones a la LTSV.
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 91 de la LTSV, este edicto se mantendrá
expuesto en el BOE durante un periodo de 20 días naturales, finalizado el cual la
notificación se tendrá por practicada, dándose por cumplido dicho trámite y
continuándose con el procedimiento.
Identificación del Conductor. Si usted
requiere para que identifique verazmente
dirección de notificación) contra el que se
dicho trámite dispondrá de un plazo de
siguiente al de la notificación.
no es responsable de la infracción se le
al conductor (D.N.I., nombre y apellidos y
iniciará el procedimiento sancionador. Para
20 días naturales, contados desde el día
Conformidad con la denuncia. El importe de la multa puede reducirse en un 50% si la
misma se abona dentro de los 20 días naturales siguientes a su notificación. El pago se
puede llevar a cabo personalmente en la oficina de Recaudación de este Ayuntamiento,
o bien, mediante transferencia en la entidad Caixabank – La Caixa número de cuenta
IBAN: ES30-2100-6853-6513-0011-5354, indicando el número de expediente y la
matrícula del vehículo denunciado o nombre de la persona interesada.
En caso de abonarse con la reducción del 50% concluirá el procedimiento
sancionador con las siguientes consecuencias:
- Renuncia a formular alegaciones, en el caso que se formulen se tendrán por no
presentadas.
- Terminación del procedimiento, sin necesidad de dictar resolución expresa, el día
en que se realice el pago.
- Agotamiento de la vía administrativa, siendo recurrible únicamente ante el orden
jurisdiccional contencioso-administrativo, el plazo se iniciará el día siguiente a aquel en
que tenga lugar el pago.
cve: BOE-N-2025-24ba2b080822756ee1632fd268e6f80f3d667d19
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Núm. 117