Administración Local. Asturias. Ayuntamiento De Laviana. (BOE-N-2025-349228)
Anuncio de notificación de 8 de mayo de 2025 en procedimiento Incoando retirada vehículo vía pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117

Jueves 15 de mayo de 2025

Supl. N. Pág. 2

Barredos-Laviana, o a manifestar su voluntad de entregarlo ante esta Entidad Local y
abonar las correspondientes tasas de recogida.
2.- Se advierte al interesado que en caso de que no atienda a estos requerimientos,
se procederá a la adopción de las medidas establecidas en los artículos 105 y 106 del
Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial
(retirada del vehículo de la vía y su depósito, siendo por cuenta del titular los gastos que
se originen como consecuencia de la retirada).
SEGUNDO:
1.- Incoar expediente sancionador de infracción administrativa en relación con los
siguientes hechos:
- Abandono en la Barriada Primero de Mayo, 17 de Barredos-Laviana del vehículo
matricula 1577DZJ.
De la realización de los hechos expuestos, se presume responsable/es a DON
SALVADOR CUETOS MARTÍNEZ.
En consecuencia, los hechos referenciados se consideran constitutivos de infracción
administrativa consistente en:
Infracción: artículo 108.3 c). El abandono, incluido el de la basura dispersa
(«littering»), el vertido y la gestión incontrolada de cualquier tipo de residuos no
peligrosos sin que se haya puesto en peligro grave la salud de las personas o se haya
producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente. Se incluye en este
supuesto la quema de residuos agrarios y silvícolas siempre que no se cuente con una
autorización individualizada de conformidad con lo previsto en el artículo 27.3.
Tipificación: Grave.
Referencia normativa: Artículo 108.3 c) de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y
suelos contaminados para una economía circular.
Posible sanción: 2.001 € hasta 100.000 €.
2.- Nombrar como instructor del procedimiento sancionador:
DOÑA MARÍA DEL CARMEN PÉREZ FERNÁNDEZ (funcionaria municipal).

3.- Una vez finalizada la instrucción del procedimiento, se remitirán las actuaciones al
órgano competente para resolver, que será la Alcaldía de este Ayuntamiento, en virtud
de los artículos 111.3 y 12.5 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos
contaminados para una economía circular, en relación con el artículo 21.1.s) de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
4.- Notificar la iniciación del Procedimiento a los interesados, y emplazarles por un
plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES, a contar desde el siguiente a la notificación de la
presente Resolución, para presentar alegaciones y proponer pruebas concretando los
medios de que pretendan valerse, quedando el Procedimiento a su disposición en las
dependencias de la Oficina Técnica, de Lunes a Viernes de 9 a 14 horas.
Si no se hubieran presentado alegaciones ni propuestas pruebas, el instructor del
procedimiento podrá considerar el contenido de esta resolución como propuesta de
resolución.
5.- Advertir que, iniciado el procedimiento sancionador, si el infractor reconoce su
responsabilidad o indica que desea proceder al pago voluntario de la sanción, se le

cve: BOE-N-2025-96bdf5140f9de50745c1189eec210e7afe7be29e
Verificable en https://www.boe.es

Y comunicarle este nombramiento, indicando que se deberá estar a lo establecido
sobre abstención y recusación en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.