Administración Local. Cantabria. Ayuntamiento De Astillero, El. (BOE-N-2025-349258)
Anuncio de notificación de 8 de mayo de 2025 en procedimiento Decreto de incoación de expediente de baja de oficio 2460/2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 15 de mayo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
CANTABRIA
AYUNTAMIENTO DE ASTILLERO, EL
Anuncio de notificación de 8 de mayo de 2025 en procedimiento Decreto de incoación de
expediente de baja de oficio 2460/2025.
ID: N2500345744

Se pone en conocimiento de los interesados que se relacionan a continuación que
con fecha 08/05/2025, se dictó Decreto de Alcaldía 207 con el siguiente tenor literal:
En aplicación del art. 72 del R.D. 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento de Población y Demarcación de las Entidades Locales, que establece el
procedimiento de tramitación de Bajas de Oficio, por inscripción indebida, de los
ciudadanos que no residan en el municipio la mayor parte del año en los siguientes
términos: Los Ayuntamientos darán de baja de oficio, por inscripción indebida, a quienes
figuren empadronados incumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 54 de este
Reglamento, una vez comprobada esta circunstancia en el correspondiente expediente
en el que se dará audiencia al interesado. Éste deberá comunicar el municipio o país en
el que vive habitualmente y solicitar, por escrito, el alta en el padrón municipal o en el
Registro de Matrícula de la Oficina o Sección consular correspondiente. Dicha solicitud
será tramitada por el Ayuntamiento que acuerde la baja de oficio. Si el interesado no
manifiesta expresamente su conformidad con la baja, ésta sólo podrá llevarse a cabo
con el informe favorable del Consejo de Empadronamiento.
Por todo lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones que me confiere la legislación
local, HE RESUELTO:
PRIMERO.- Incoar expediente de baja de oficio a los afectados, de conformidad con
lo previsto en el artículo 72, y en relación con el
incumplimiento del artículo 54, ambos del Reglamento de Población y Demarcación
Territorial de las Entidades Locales, por estar indebidamente empadronados en las
direcciones señaladas al no residir en las mismas, y habiéndose intentado comunicar la
obligación de comprobación periódica de su residencia, sin que fuera posible practicar la
notificación a los ciudadanos relacionados a continuación:
D.N.I. /N.I.E.
03498600R
X08075911J
Y05488027B
GA127315
FY314004

SEGUNDO.- Publicar la apertura de expediente en el Tablón de Edictos del
Ayuntamiento de Astillero y en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con los trámites
exigidos por el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento

cve: BOE-N-2025-91c754750b08599c384d64daa61c37b3c7489269
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 117