Administración Local. Santa Cruz De Tenerife. Ayuntamiento De Adeje. (BOE-N-2025-349322)
Anuncio de notificación de 7 de mayo de 2025 en procedimiento Responsabilidad Patrimonial.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117
Jueves 15 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
SANTA CRUZ DE TENERIFE
AYUNTAMIENTO DE ADEJE
Anuncio de notificación de 7 de mayo de 2025 en procedimiento Responsabilidad
Patrimonial.
ID: N2500342854
EPIFANIO JESÚS DÍAZ HERNÁNDEZ, CONCEJAL DEL ÁREA DE BUEN
GOBIERNO DEL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE ADEJE (SANTA CRUZ
DE TENERIFE).
HACE SABER:
Que habiéndose intentado infructuosamente la notificación por escrito en su domicilio
a LUIS ANTONIO PÉREZ PÉREZ, relativa a la NOTIFICACIÓN del Área de Buen
Gobierno, en materia de Responsabilidad Patrimonial, con número de registro 2025-SRC-2884, de fecha 18-03-25, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 44 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se hace público, a efectos de notificación, el siguiente texto:
“Vista la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada con fecha 2110-2020, (Registro de Entrada nº 37585) por LUIS ANTONIO PÉREZ PÉREZ, con DNI
********* en la que solicita indemnización, como consecuencia de DAÑOS PERSONALES
ocasionados, el día 20-10-2020 y, en la que atribuye la responsabilidad a esta
Corporación.
Administrativo Común de las Administraciones Públicas,Visto que de conformidad
con el artículo 68.4 de la Ley de 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, “Si la solicitud de iniciación no
reúne los requisitos que señala el artículo 66, y, en su caso, los que señala el artículo 67
u otros exigidos por la legislación específica aplicable, se requerirá al interesado para
que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos,
con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición,
previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo
21.”De conformidad con el artículo 75.1 de la Ley 39/2015 de 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, “Los
actos de instrucción necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de
los hechos en virtud de los cuales deba pronunciarse la resolución, se realizarán de
oficio y a través de medios electrónicos, por el órgano que tramite el procedimiento, sin
perjuicio del derecho de los interesados a proponer aquellas actuaciones que requieran
su intervención o constituyan trámites legal o reglamentariamente establecidos”.
Visto que analizada la documentación obrante en el expediente se observan las
siguientes deficiencias, subsanables:“- No consta valoración económica por parte de el
cve: BOE-N-2025-799291aab759de00ecc6d064da5b0cae78de2142
Verificable en https://www.boe.es
Visto que con fecha 10-12-2020 se dicta el Decreto nº BGN/5544/2021, cuyo
dispositivo segundo establece, “NOMBRAR como Instructor del expediente a Dª Yareli
Hernández Martín, continuando con la tramitación del expediente”. Por consiguiente y, en
ejercicio de las funciones atribuidas conforme con el artículo 75.1 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento
Núm. 117
Jueves 15 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
SANTA CRUZ DE TENERIFE
AYUNTAMIENTO DE ADEJE
Anuncio de notificación de 7 de mayo de 2025 en procedimiento Responsabilidad
Patrimonial.
ID: N2500342854
EPIFANIO JESÚS DÍAZ HERNÁNDEZ, CONCEJAL DEL ÁREA DE BUEN
GOBIERNO DEL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE ADEJE (SANTA CRUZ
DE TENERIFE).
HACE SABER:
Que habiéndose intentado infructuosamente la notificación por escrito en su domicilio
a LUIS ANTONIO PÉREZ PÉREZ, relativa a la NOTIFICACIÓN del Área de Buen
Gobierno, en materia de Responsabilidad Patrimonial, con número de registro 2025-SRC-2884, de fecha 18-03-25, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 44 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se hace público, a efectos de notificación, el siguiente texto:
“Vista la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada con fecha 2110-2020, (Registro de Entrada nº 37585) por LUIS ANTONIO PÉREZ PÉREZ, con DNI
********* en la que solicita indemnización, como consecuencia de DAÑOS PERSONALES
ocasionados, el día 20-10-2020 y, en la que atribuye la responsabilidad a esta
Corporación.
Administrativo Común de las Administraciones Públicas,Visto que de conformidad
con el artículo 68.4 de la Ley de 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, “Si la solicitud de iniciación no
reúne los requisitos que señala el artículo 66, y, en su caso, los que señala el artículo 67
u otros exigidos por la legislación específica aplicable, se requerirá al interesado para
que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos,
con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición,
previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo
21.”De conformidad con el artículo 75.1 de la Ley 39/2015 de 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, “Los
actos de instrucción necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de
los hechos en virtud de los cuales deba pronunciarse la resolución, se realizarán de
oficio y a través de medios electrónicos, por el órgano que tramite el procedimiento, sin
perjuicio del derecho de los interesados a proponer aquellas actuaciones que requieran
su intervención o constituyan trámites legal o reglamentariamente establecidos”.
Visto que analizada la documentación obrante en el expediente se observan las
siguientes deficiencias, subsanables:“- No consta valoración económica por parte de el
cve: BOE-N-2025-799291aab759de00ecc6d064da5b0cae78de2142
Verificable en https://www.boe.es
Visto que con fecha 10-12-2020 se dicta el Decreto nº BGN/5544/2021, cuyo
dispositivo segundo establece, “NOMBRAR como Instructor del expediente a Dª Yareli
Hernández Martín, continuando con la tramitación del expediente”. Por consiguiente y, en
ejercicio de las funciones atribuidas conforme con el artículo 75.1 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento