Administración Local. Murcia. Ayuntamiento De Murcia. (BOE-N-2025-342687)
SERVICIO DE URBANISMO. Anuncio de notificación de 8 de mayo de 2025 en procedimiento Notificación Decreto - Orden de Ejecución.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115

Martes 13 de mayo de 2025

Supl. N. Pág. 2

Limpieza de solares:
Volumen: 8 M3.
Concepto: (m3) Desmonte de escombros y material acumulado, incluso desbroce y
eliminación de arbustos si los hubiera, realizado con medios mecánicos, con parte
proporcional de carga, clasificación del material para traslado a vertedero, transporte y
canon a vertedero autorizado (volumen > 20 m3). Precio/m3.: 20,00 €. Total: 400,00
euros.
En los casos en los que la superficie y/o volumen de desbroce a realizar sean
inferiores a los establecidos anteriormente, les será de aplicación como superficie la
mínima establecida para cada partida.
Presupuesto de limpieza de solares: 400,00 euros.
Presupuesto de ejecución material total: 400,00 euros.
Presupuesto total (iva excluido) con baja según contrato (43,03%): 227,88 IVA (21%):
47,85 euros.
Presupuesto total (iva incluido) con baja según contrato (43,03%): 275,73 euros.
RESULTANDO que a fin de poder identificar la parcela objeto del parte de infracción
incoado, procede indicar que las coordenadas UTM son: X:662019/Y:4209418.
CONSIDERANDO lo anterior y lo dispuesto en los arts 270.1 de la Ley 13/2015, de
30 marzo, de Ordenación Territorial y Urbanística de la Región de Murcia,110 de la citada
Ley, 10 del R.D. 2187/78, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de
Disciplina Urbanística y la legislación de régimen local,
VENGO EN DISPONER:
PRIMERO: Requerir a TITULAR DESCONOCIDO para que proceda a ajustar la
situación existente en DS. CABEZO SANTO CRISTO - 30100 - EL PUNTAL. consistente
en ACUMULACIÓN DE ESCOMBROS. VOLUMEN: 8 M3. a las condiciones de
seguridad, salubridad y ornato público exigidas por el ordenamiento urbanístico, de
conformidad con lo establecido en el informe del Servicio Técnico, en el plazo de DIEZ
DÍAS, contado a partir del día siguiente al de notificación del presente decreto.

TERCERO: Transcurrido el plazo concedido sin atender al requerimiento, se llevará a
cabo la ejecución en forma subsidiaria de conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y art.
10 del R.D. 2187/78, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina
Urbanística, siendo de cuenta del propietario los gastos de la ejecución. A estos efectos
por el Servicio Técnico se ha elaborado presupuesto de ejecución material que estima
que el coste de dicha ejecución asciende a 275,73 euros. Pudiendo verse modificado
este importe por mediciones más precisas que se lleven a cabo sobre el terreno al
realizarse la prestación, o por la envergadura de dichos trabajos.
CUARTO: Durante los momentos de activación de los niveles 2) Episodio de
contaminación atmosférica y 3) Alerta atmosférica del protocolo de medidas a adoptar
durante episodios de contaminación atmosférica por dióxido de nitrógeno, dióxido de
azufre, ozono y partículas (pm10), en caso de que la superación sea originada por
partículas, deberá tenerse en cuenta lo siguiente:
Restricción de las operaciones en las obras que generan contaminantes en la ciudad.
QUINTO: Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa,
podrá interponer recurso de reposición ante el órgano que la ha dictado, en el plazo de

cve: BOE-N-2025-5325232d9425a6bfe11d02d8fc207e254bc4588e
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SEGUNDO: Si cumpliera con el presente requerimiento, se solicita lo comunique por
escrito a la Sección Administrativa de Disciplina Urbanística, en virtud del deber de
colaboración que rige entre los ciudadanos y la Administración.