Administración Local. Zaragoza. Ayuntamiento De Zaragoza. (BOE-N-2025-343029)
SERVICIO DE INSPECCIÓN URBANÍSTICA. Anuncio de notificación de 7 de mayo de 2025 en procedimiento de requerimiento de ejecución de obras en expte 0010711/2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 13 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ZARAGOZA
AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA
SERVICIO DE INSPECCIÓN URBANÍSTICA. Anuncio de notificación de 7 de mayo de
2025 en procedimiento de requerimiento de ejecución de obras en expte 0010711/2024.
ID: N2500337795
De conformidad con lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de
procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, al no haberse
podido practicar la notificación oportuna a la propiedad de la finca que se reseña a
continuación, por ausente en el domicilio, por el presente se le pone de manifiesto que el
Consejo de la Gerencia Municipal de Urbanismo, por delegación de la M.I.AlcaldíaPresidencia, por Decreto de 19 de enero de 2009 y 18 de junio de 2015, acordó con
fecha 03 de febrero de 2025 lo siguiente:
PRIMERO: Requerir a la propiedad del solar sito en c/Lopez Artal Mosen (SJN),
Referencia Catastral: 96075-71 para que proceda en el plazo de tres meses a la limpieza
del solar, dejándolo libre de escombros, basuras y vegetación, clasificando los desechos
y su posterior traslado a vertedero autorizado, todo ello a fin de dar cumplimiento al 25
de la ordenanza reguladora del deber de conservación, edificación e inspección técnica
de los edificios,y los artículos 2.5.2 y 2.5.5 de las normas urbanísticas del plan general
de ordenación urbana
Presupuesto estimativo de las obras a realizar: 3.000,00 €
Las obras deberán acreditarse, aportando en la Unidad Jurídica del Servicio de
Inspección, de la Gerencia Municipal de Urbanismo, la dirección técnica de las obras
mediante el correspondiente Certificado Técnico firmado por técnico competente y
Visado por su Colegio Oficial, en el que se indique el comienzo y posteriormente la
finalización de las obras, o en su caso, con documentación acreditativa (facturas, fotos,.
…)
SEGUNDO: Advertir de que, tratándose de solares y terrenos, es necesario que se
ejecuten los trabajos de limpieza y mantenimiento periódicamente y en todo caso en
cuanto el solar adolezca de deficiencias, en cumplimiento de la Ordenanza del Deber de
Conservación, arts. 25 a 27
TERCERO: Comunicar a la propiedad que para la ejecución de las obras ordenadas
no es necesario solicitar licencia de obras, sin perjuicio de que si fuera necesario la
instalación de andamios o colocación de vallas, deberán cursar a esta Administración, la
correspondiente solicitud de licencia para tal concepto, indicando que tras la realización
de las obras y de resultar dañados elementos de urbanización generales, tales como
aceras o pavimentos, deberán reponerse a su estado original, siendo exigible dicha
obligación por esta Administración.
Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los arts. 254 y ss del Texto Refundido
de la Ley de Urbanismo de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2014 de 8 de
julio, Ordenanza Reguladora del Deber de Conservación, Edificación e Inspección
Técnica de Edificios (BOP n.º 251, de 31 de octubre de 2002), Ordenanzas Generales de
Edificación del Excmo. Ayuntamiento de Zaragoza y Normas del P.G.O.U. de Zaragoza.
cve: BOE-N-2025-7cdcb50a9ef8b540941b0eddc63ac879b106c186
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 115
Martes 13 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ZARAGOZA
AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA
SERVICIO DE INSPECCIÓN URBANÍSTICA. Anuncio de notificación de 7 de mayo de
2025 en procedimiento de requerimiento de ejecución de obras en expte 0010711/2024.
ID: N2500337795
De conformidad con lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de
procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, al no haberse
podido practicar la notificación oportuna a la propiedad de la finca que se reseña a
continuación, por ausente en el domicilio, por el presente se le pone de manifiesto que el
Consejo de la Gerencia Municipal de Urbanismo, por delegación de la M.I.AlcaldíaPresidencia, por Decreto de 19 de enero de 2009 y 18 de junio de 2015, acordó con
fecha 03 de febrero de 2025 lo siguiente:
PRIMERO: Requerir a la propiedad del solar sito en c/Lopez Artal Mosen (SJN),
Referencia Catastral: 96075-71 para que proceda en el plazo de tres meses a la limpieza
del solar, dejándolo libre de escombros, basuras y vegetación, clasificando los desechos
y su posterior traslado a vertedero autorizado, todo ello a fin de dar cumplimiento al 25
de la ordenanza reguladora del deber de conservación, edificación e inspección técnica
de los edificios,y los artículos 2.5.2 y 2.5.5 de las normas urbanísticas del plan general
de ordenación urbana
Presupuesto estimativo de las obras a realizar: 3.000,00 €
Las obras deberán acreditarse, aportando en la Unidad Jurídica del Servicio de
Inspección, de la Gerencia Municipal de Urbanismo, la dirección técnica de las obras
mediante el correspondiente Certificado Técnico firmado por técnico competente y
Visado por su Colegio Oficial, en el que se indique el comienzo y posteriormente la
finalización de las obras, o en su caso, con documentación acreditativa (facturas, fotos,.
…)
SEGUNDO: Advertir de que, tratándose de solares y terrenos, es necesario que se
ejecuten los trabajos de limpieza y mantenimiento periódicamente y en todo caso en
cuanto el solar adolezca de deficiencias, en cumplimiento de la Ordenanza del Deber de
Conservación, arts. 25 a 27
TERCERO: Comunicar a la propiedad que para la ejecución de las obras ordenadas
no es necesario solicitar licencia de obras, sin perjuicio de que si fuera necesario la
instalación de andamios o colocación de vallas, deberán cursar a esta Administración, la
correspondiente solicitud de licencia para tal concepto, indicando que tras la realización
de las obras y de resultar dañados elementos de urbanización generales, tales como
aceras o pavimentos, deberán reponerse a su estado original, siendo exigible dicha
obligación por esta Administración.
Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los arts. 254 y ss del Texto Refundido
de la Ley de Urbanismo de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2014 de 8 de
julio, Ordenanza Reguladora del Deber de Conservación, Edificación e Inspección
Técnica de Edificios (BOP n.º 251, de 31 de octubre de 2002), Ordenanzas Generales de
Edificación del Excmo. Ayuntamiento de Zaragoza y Normas del P.G.O.U. de Zaragoza.
cve: BOE-N-2025-7cdcb50a9ef8b540941b0eddc63ac879b106c186
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Núm. 115